III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-12250)
Resolución de 13 de julio de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con CEU Escuela Internacional de Doctorado, para el desarrollo de tesis doctorales y colaboración en programas de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Miércoles 21 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 87950

d) Al finalizar sus actividades, el ICU del CSIC expedirá a solicitud del doctorando/a
un certificado en el que conste las actividades realizadas y su duración.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte del CSIC, información de los aspectos incluidos en la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y su desarrollo normativo relativos al lugar donde van
a desarrollar su actividad, sin perjuicio de las competencias que tenga la CEINDO en
relación al cumplimiento normativo antes referido y aquellas derivadas de la
Coordinación de Actividades Empresariales con el CSIC.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente al CSIC.
h) A disponer, en caso de discapacidad, de los recursos necesarios para el acceso
a la tutela, a la información y a la evaluación de la tesis en igualdad de condiciones,
según lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General de Derechos de las personas
con discapacidad y su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre.
i) A conciliar, en caso de discapacidad, la realización de la tesis con aquellas
actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de
discapacidad.
j) Al tratamiento de sus datos de carácter personal de conformidad con la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales.
k) A aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente.
2.

Deberes del alumnado:

Quinta.

Solicitud y desarrollo de tesis doctorales y actividades prácticas en el CSIC.

La petición y realización de las tesis doctorales en el CSIC por doctorandos/as de la
CEINDO se tramitará siempre a través de los servicios competentes de dicha
Universidad, mediante el cumplimiento del siguiente procedimiento:
1.º La Comisión Académica del Programa de Doctorado correspondiente, de
conformidad con la normativa universitaria aplicable, asignará tutor/a y director/a de tesis
al doctorando/a.

cve: BOE-A-2021-12250
Verificable en https://www.boe.es

a) Cumplir la normativa vigente relativa al Programa de Doctorado establecida por
la CEINDO.
b) Conocer y cumplir el proyecto de tesis siguiendo las indicaciones de la persona
que ejerza como director/a de tesis en el CSIC, bajo la supervisión de la persona que
ejerza como tutor/a académico/a de la CEINDO.
c) Incorporarse al ICU del CSIC en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en
el proyecto de tesis y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales.
d) Desarrollar el proyecto de tesis y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con los ICU del CSIC, conforme a las líneas establecidas en dicho proyecto.
e) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de los ICU del
CSIC y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante la realización de su
tesis, y por un periodo de tres años, finalizadas éstas. En todo caso, si durante la
realización de la tesis surgiera algún resultado susceptible de protección, el/la alumno/a
deberá figurar como coautor/a de la invención, sin que ninguna de las cláusulas de este
convenio suponga la cesión o transmisión de cualquier derecho de propiedad intelectual
o industrial titularidad del CSIC.
f) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del CSIC,
salvaguardando el buen nombre de la Universidad la que pertenece.
g) Cualquier otro deber previsto en la normativa.