II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2021-12209)
Orden JUS/780/2021, de 12 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 87121
La duración del ejercicio será de sesenta minutos y se calificará de 0 a 50 puntos, a
razón de 1 punto por pregunta acertada. Las preguntas no acertadas y aquellas que
contengan respuestas múltiples descontarán 0,25 puntos, y las no contestadas no serán
puntuadas.
El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 50 preguntas y tres preguntas
de reserva y, en caso de anulación de una de las ordinarias, el Tribunal en el acuerdo de
anulación establecerá que puntúe la pregunta de reserva en lugar de la anulada.
1.3 La determinación de la nota mínima para superar el primer ejercicio será
equivalente al resultado de diez aspirantes por plaza, que hubieran obtenido como
mínimo un 60 % de la puntuación posible, con independencia de las instancias que se
hubieran presentado.
Los aspirantes por plaza mencionados pasarían a realizar el segundo ejercicio. Al ser
eliminatorio cada ejercicio que compone la fase de oposición, los opositores que no
alcancen esta puntuación en el primer ejercicio, no les será corregido el segundo
ejercicio y tendrán la consideración de no aptos.
Para superar el segundo ejercicio será suficiente obtener el 60% de la puntuación
posible.
Esta nota mínima no será aplicable en el cupo de reserva por discapacidad, ni en los
procesos selectivos con un número de aspirantes de partida inferior al índice de diez por
plaza, anteriormente mencionado. En estos casos la puntuación mínima exigida será
el 50 % de la puntuación máxima posible. Igualmente, la puntuación mínima exigida para
la superación de todos los ejercicios de la fase de oposición en el cupo de reserva por
discapacidad será el 50 % de la máxima posible.
Los opositores que no alcancen dicha puntuación mínima tendrán la consideración
de suspensos.
La puntuación final de los aprobados en la fase de oposición estará compuesta por la
suma de las puntuaciones de los dos ejercicios.
Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas las listas de
aprobados, ordenados de mayor a menor, conforme a la puntuación total acumulada de
los dos ejercicios superados.
1.4 Reserva de nota. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición con
una nota superior a la mínima fijada, pero no obtengan plaza en el Cuerpo al que se
presentan por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de la OEP 2018-2019,
quedarán exentos de realizar en la siguiente convocatoria de estabilización, los ejercicios
de la fase de oposición, siempre y cuando se presenten por el mismo Cuerpo y turno
(sistema general o turno de reserva), salvo que voluntariamente se presenten a la misma
para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la
fase de oposición, se le reservará la nota de la convocatoria de la OEP 2018-2019.
Los aspirantes que por el turno de reserva para personas con discapacidad en la
convocatoria anterior hayan obtenido una puntuación igual o superior al 50 % de la nota
máxima posible prevista en cada ejercicio de la respectiva convocatoria, se les
conservará la puntuación más alta obtenida, siempre que el contenido de temario, los
ejercicios y su modo de calificación sean idénticos.
I-B Fase de concurso
En la fase de concurso se valorarán los méritos que aporten los aspirantes que
hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, según el baremo
establecido en este anexo.
El Ministerio de Justicia facilitará a los aspirantes que hubieran superado la fase de
oposición un modelo de «autoevaluación» de la fase de concurso.
El aspirante que no aporte méritos o éstos no sean evaluables de acuerdo con el
referido baremo, será calificado con cero puntos en esta fase.
cve: BOE-A-2021-12209
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 173
Miércoles 21 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 87121
La duración del ejercicio será de sesenta minutos y se calificará de 0 a 50 puntos, a
razón de 1 punto por pregunta acertada. Las preguntas no acertadas y aquellas que
contengan respuestas múltiples descontarán 0,25 puntos, y las no contestadas no serán
puntuadas.
El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 50 preguntas y tres preguntas
de reserva y, en caso de anulación de una de las ordinarias, el Tribunal en el acuerdo de
anulación establecerá que puntúe la pregunta de reserva en lugar de la anulada.
1.3 La determinación de la nota mínima para superar el primer ejercicio será
equivalente al resultado de diez aspirantes por plaza, que hubieran obtenido como
mínimo un 60 % de la puntuación posible, con independencia de las instancias que se
hubieran presentado.
Los aspirantes por plaza mencionados pasarían a realizar el segundo ejercicio. Al ser
eliminatorio cada ejercicio que compone la fase de oposición, los opositores que no
alcancen esta puntuación en el primer ejercicio, no les será corregido el segundo
ejercicio y tendrán la consideración de no aptos.
Para superar el segundo ejercicio será suficiente obtener el 60% de la puntuación
posible.
Esta nota mínima no será aplicable en el cupo de reserva por discapacidad, ni en los
procesos selectivos con un número de aspirantes de partida inferior al índice de diez por
plaza, anteriormente mencionado. En estos casos la puntuación mínima exigida será
el 50 % de la puntuación máxima posible. Igualmente, la puntuación mínima exigida para
la superación de todos los ejercicios de la fase de oposición en el cupo de reserva por
discapacidad será el 50 % de la máxima posible.
Los opositores que no alcancen dicha puntuación mínima tendrán la consideración
de suspensos.
La puntuación final de los aprobados en la fase de oposición estará compuesta por la
suma de las puntuaciones de los dos ejercicios.
Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas las listas de
aprobados, ordenados de mayor a menor, conforme a la puntuación total acumulada de
los dos ejercicios superados.
1.4 Reserva de nota. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición con
una nota superior a la mínima fijada, pero no obtengan plaza en el Cuerpo al que se
presentan por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de la OEP 2018-2019,
quedarán exentos de realizar en la siguiente convocatoria de estabilización, los ejercicios
de la fase de oposición, siempre y cuando se presenten por el mismo Cuerpo y turno
(sistema general o turno de reserva), salvo que voluntariamente se presenten a la misma
para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la
fase de oposición, se le reservará la nota de la convocatoria de la OEP 2018-2019.
Los aspirantes que por el turno de reserva para personas con discapacidad en la
convocatoria anterior hayan obtenido una puntuación igual o superior al 50 % de la nota
máxima posible prevista en cada ejercicio de la respectiva convocatoria, se les
conservará la puntuación más alta obtenida, siempre que el contenido de temario, los
ejercicios y su modo de calificación sean idénticos.
I-B Fase de concurso
En la fase de concurso se valorarán los méritos que aporten los aspirantes que
hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, según el baremo
establecido en este anexo.
El Ministerio de Justicia facilitará a los aspirantes que hubieran superado la fase de
oposición un modelo de «autoevaluación» de la fase de concurso.
El aspirante que no aporte méritos o éstos no sean evaluables de acuerdo con el
referido baremo, será calificado con cero puntos en esta fase.
cve: BOE-A-2021-12209
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 173