II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Funcionarios del Subgrupo A2. (BOE-A-2021-12090)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Martes 20 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 86787

Todo ello sin perjuicio de que la Subdirección de Recursos Humanos del Tribunal de
Cuentas pueda solicitar de los interesados la acreditación de aquellos datos y
antecedentes de los que no se tenga constancia o, en su caso, la documentación
adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
Los interesados deberán acompañar, en todo caso, los certificados de funciones o
experiencia profesional que consideren adecuados a fin de acreditar los méritos
alegados en relación con la segunda fase del concurso.
3.3 Los funcionarios participantes con alguna discapacidad podrán pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo. A la solicitud se deberá acompañar un
informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de
la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de funciones que tenga atribuido el
puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño de las funciones
propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se
puedan realizar en él.
3.4 En el supuesto de estar interesadas en las vacantes convocadas dos personas
que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que
se incluyen en sus solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que
ambas obtengan destino en este concurso, entendiéndose, en caso contrario, anulada la
petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando vigente el resto
de sus solicitudes.
Los funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su
solicitud (anexo II) y acompañar fotocopia de la petición de la otra persona solicitante.
Los puestos sometidos a dicha condición habrán de solicitarse en los primeros
números de orden del anexo II.
Cuarta. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes solo será posible la presentación,
en los términos previstos en esta convocatoria, de aquella documentación que los
interesados acrediten haber solicitado antes de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, pero que, obrando en poder de la Administración, no haya podido ser
expedida en plazo.
Quinta.

Valoración de los méritos.

El presente concurso específico consta de dos fases, cuya valoración se realizará de
la siguiente manera: En la primera de ellas se valorarán, de acuerdo con lo previsto para
esta fase, los méritos generales; y, en la segunda, los méritos específicos adecuados a
las características de cada puesto determinados en el anexo I.

cve: BOE-A-2021-12090
Verificable en https://www.boe.es

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación y, en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo un plazo de cinco días hábiles para las posibles alegaciones por
parte de las personas excluidas. El listado de exclusiones se publicará en la sede
electrónica del Tribunal (sede.tcu.es).
4.2 Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, estas serán
vinculantes para el peticionario, sin que puedan ser objeto de modificación, aceptándose,
no obstante, renuncias parciales a algunos de los puestos solicitados hasta la primera
reunión de la Comisión de Valoración, cuya fecha se anunciará en la sede electrónica del
Tribunal (sede.tcu.es).
4.3 Se admitirá, asimismo, el desistimiento de la solicitud realizada (que incluirá
necesariamente la totalidad de los puestos solicitados) hasta el día anterior a la fecha de
publicación de los listados provisionales de valoración de los méritos de la primera fase
del concurso. Dicha fecha será objeto de publicidad con antelación.