II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-12089)
Resolución de 2 de julio de 2021, del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, O.A., por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Martes 20 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 86763

Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su solicitud (Anexo III) y acompañar fotocopia de la petición de la otra
persona solicitante.
Cuarta.

Baremo de valoración.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá
aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el
justificante de su solicitud formulada en plazo.
El concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los
méritos generales y en la segunda los méritos específicos adecuados a las
características del puesto. Para poder obtener un puesto de trabajo en el concurso habrá
de alcanzarse una valoración mínima de 20 puntos en la primera fase y 10 puntos en la
segunda.
La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
Primera fase:
I.

Méritos generales.

1.

Valoración del grado personal consolidado.

El grado personal consolidado se valorará en sentido positivo en función de su
posición en el intervalo del Cuerpo o Escala correspondiente hasta un máximo de 10
puntos de la siguiente forma:

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras
Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el
Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario o funcionaria, cuando se halle
dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Reglamento General de
Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra
clasificado el mismo.
En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones
Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo
establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del
Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que
pertenezca el funcionario o la funcionaria, deberá valorársele el grado máximo
correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la
Administración General del Estado.
El funcionario o la funcionaria que considere tener un grado personal consolidado, o
que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de instancias, deberá
recabar del órgano o unidad a que se refiere el apartado 1 de la Base Quinta, que dicha
circunstancia quede expresamente reflejada en el Anexo II.
2.

Valoración del trabajo desarrollado.

Por el desempeño de puestos de trabajo durante los últimos cinco años (60 meses)
inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de

cve: BOE-A-2021-12089
Verificable en https://www.boe.es

– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 10 puntos.
– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos.
– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se
concursa: 6 puntos.
– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se
concursa: 4 puntos.