III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-12130)
Resolución de 15 de julio de 2021, de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica anexo al Convenio de colaboración con la Universidad Carlos III de Madrid, para articular la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 13 de febrero de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Martes 20 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 86898

por Decreto 1/2003, de 9 de enero del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid,
modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente Anexo IV y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
Primero.
En virtud del Anexo I al Convenio de Convenio de Colaboración de 7 de agosto
de 2020 (BOE 11 de agosto) y del Anexo II al Convenio de Convenio de Colaboración
de 24 de septiembre de 2020 (BOE 28 de septiembre), se acordó la incorporación a la
Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal de cinco alumnos en prácticas: tres
para el programa de investigación y dos para el programa de formación.
Segundo.
Entre dichos alumnos figuraba doña Emma Pérez Hernández, para el programa de
investigación, siendo el importe de su beca de 18.000,00 €/año (1.500 €/mes), con una
duración prevista desde el 1 de septiembre de 2020 al 30 de agosto de 2021. Esta
alumna ha causado baja por motivos laborales con fecha de efectos 25 de junio de 2021,
es decir, 2 meses y 5 días antes de la fecha establecida en el Anexo I, por lo que el
importe de la beca no consumido sería el siguiente:

Alumno

Importe Importe
mensual diario


Euros
Euros

Emma Pérez Hernández. 1.500,00

50,00

Periodo
no consumido

2 meses y 5 días

Importe
no consumido

Euros

3.250,00

Tercero.
Reunida la Comisión Mixta prevista en la cláusula decimoquinta del Convenio de
Colaboración, se ha decidido no incorporar un nuevo alumno en prácticas en sustitución
del que ha causado baja ya que por el tiempo restante no es posible desarrollar nuevos
proyectos de formación o investigación, según consta en acta de dicha Comisión de
fecha 8 de julio de 2021.
Como consecuencia de lo expuesto, ambas partes
ACUERDAN
Primero.

Segundo.
No incorporar nuevos alumnos en prácticas en sustitución de la alumna mencionada
anteriormente, ya que por el tiempo restante no es posible desarrollar nuevos proyectos
de formación o investigación.

cve: BOE-A-2021-12130
Verificable en https://www.boe.es

Aceptar la baja como alumna en prácticas de doña Emma Pérez Hernández, con
fecha de efectos 25 de junio de 2021.