III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-12129)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Martes 20 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 86894

Tercera. Obligaciones de la Intervención General de la Administración del Estado.
La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) recibirá a los
estudiantes durante el curso académico por periodos de hasta 6 meses,
responsabilizándose de su formación durante esos períodos y designando un
responsable que actuará como tutor de los alumnos a ella confiados. Dicho tutor será un
funcionario de Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, con experiencia
profesional y conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva, y será
interlocutor con el estudiante, el tutor académico y la unidad de prácticas externas. Dicha
labor será reconocida por la Universidad Complutense de Madrid, según lo previsto en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Cuarta.

Tutoría de las prácticas y seguimiento de la ejecución del Convenio.

Ambos tutores, académico y de la IGAE, actuarán coordinadamente, en el
desempeño de sus cometidos, a fin de seguir y evaluar el cumplimiento del Programa y
de sugerir, en él y en los Planes de Estudios, las adaptaciones y mejoras necesarias,
según resulte de la experiencia.
Asimismo, ambos tutores serán responsables del seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del Convenio, así como de resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan plantearse respecto del Convenio.
El tutor designado por la IGAE fijará el plan de trabajo del estudiante, le orientará en
sus dudas y dificultades, y evaluará la estancia del mismo, cooperando con el tutor
académico en la redacción del informe final a la Universidad.

La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) acordará con la
Universidad las funciones que los estudiantes habrán de realizar durante su estancia en
la IGAE que se establecerán y describirán de conformidad con el Anexo, y las
competencias asignadas a los mismos, competencias que deberán ser tenidas en cuenta
al efectuar la Universidad la elección del estudiante.
La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) permitirá el acceso
de los alumnos a sus instalaciones, otorgando para ello las acreditaciones que resultaren
pertinentes. Así mismo, los alumnos tienen derecho a cumplir con su actividad
académica, formativa y de reorientación y participación, concediéndosele los permisos
necesarios, previa comunicación con antelación suficiente.
Los periodos y horarios de realización de las prácticas se compaginarán con la
organización y funcionamiento de la Intervención General de la Administración del
Estado (IGAE). El alumno se aplicará con toda diligencia a las tareas que se le
encomienden y mantendrá contacto con sus tutores, académico y de la IGAE, en la
forma que éstos le indiquen.
Asimismo, se compromete a respetar los horarios y normas de funcionamiento de
la IGAE, guardar secreto profesional sobre su trabajo durante su estancia y sobre los
datos de carácter personal a los que tenga acceso en la realización de las prácticas
externas, así como las limitaciones en su uso y transmisión impuestas por la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y Garantías de
los Derechos Digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de esos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y
demás normativa concordante.
Además, deberá guardar secreto respecto de cualquier otro tipo de información que
pueda conocer como consecuencia de las mismas. Sobre todos estos extremos el
estudiante prestará su expreso consentimiento.

cve: BOE-A-2021-12129
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Condiciones de las prácticas.