II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Destinos. (BOE-A-2021-12062)
Resolución de 13 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 1 de abril de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Martes 20 de julio de 2021

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hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido destinado el
funcionario.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el/la
Subsecretario/a del Departamento donde haya obtenido nuevo destino la persona
concursante podrá conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días
hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por
razones justificadas.
Cuarto.
Aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios
especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho, mientras
duren las citadas situaciones, a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea
preciso formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo el
reingreso al servicio activo.
Quinto.
El personal que ha obtenido destino a través de este concurso no podrá
participar en concursos de méritos que convoque tanto la Administración del Estado
como otras Administraciones Públicas, hasta que hayan transcurrido dos años desde
la toma de posesión del puesto adjudicado en la presente resolución, salvo lo
prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del Reglamento General de Ingreso del
personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
puestos de trabajo y de Promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
Sexto.

Séptimo.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante la Subsecretaria de Agricultura, Pesca y Alimentación, en
el plazo de un mes desde su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso
Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

cve: BOE-A-2021-12062
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Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en
consecuencia, no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
Los puestos obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de
toma de posesión los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria
pública y opten por el mismo, en cuyo caso vendrán obligados a comunicar por
escrito a este Departamento, en los tres días hábiles siguientes, la renuncia del
puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del Departamento o
Comunidad Autónoma en que hubiera obtenido destino, así como la forma de
provisión y la fecha de nombramiento.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a
funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas
de las Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.