II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-12014)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Lunes 19 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 85773

3.8 Los sistemas de identificación y de firma admitidos para los interesados de
acuerdo con el contenido de los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, son
los recogidos en la sede electrónica de la Universitat de València
3.9 Si alguna de las personas interesadas presentara su solicitud presencialmente,
el órgano convocante la requerirá para que lo enmiende a través de la presentación del
formulario electrónico de la instancia general que se encuentra en el entorno de
tramitación electrónica de la Universitat de València, en los términos del artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de forma que la solicitud solo será admitida si se presenta
mediante instancia electrónica en el canal que indica la convocatoria y dentro de los
plazos de la misma.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1 En el plazo máximo de veinte días hábiles desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, el vicerrectorado con competencias en materia de
profesorado dictará una resolución declarando aprobada la lista provisional de las
personas candidatas admitidas y excluidas.
Dicha resolución, junto con las listas completas de las personas candidatas admitidas y
excluidas, en las que se indicarán las causas de la exclusión, se publicará en el tablón oficial
de anuncios de la Universitat de València https://webges.uv.es/uvTaeWeb/ y con carácter
informativo en la página web del Servei de Recursos Humans PDI: http://www.uv.es/pdi o
directamente a través del siguiente enlace electrónico:. https://go.uv.es/m5H0Mxp.
Contra la mencionada resolución las personas interesadas podrán presentar
reclamación en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación del
anuncio, o bien subsanar en su caso, en el mismo plazo, el defecto que haya motivado
su exclusión.
4.2 En el plazo máximo de quince días hábiles desde la finalización del plazo de
reclamaciones y resueltas las mismas, el vicerrectorado con competencias en materia de
profesorado dictará resolución aprobando la lista definitiva de las personas candidatas
admitidas y excluidas, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra
dicha resolución se podrá interponer recurso de reposición ante la rectora en el plazo de
un mes desde el día siguiente a su publicación en el tablón oficial de anuncios de la
Universitat de València https://webges.uv.es/uvTaeWeb/.
4.3 En las convocatorias en las que únicamente se presente una persona candidata
que sea o haya sido profesor/a contratado/a doctor/a, catedrático/a de universidad,
catedrático/a de escuela universitaria o profesor/a titular de universidad de la misma área
de conocimiento, se eximirá a la persona candidata de la realización de la segunda parte
de la primera prueba. Esta disposición no será aplicable a quien haya estado contratado
interinamente como profesorado contratado doctor.
Comisiones de Selección. Acto de constitución.

5.1 La composición de las comisiones de selección es la que figura en el anexo I de
esta convocatoria.
5.2 En lo relativo a las sustituciones de los miembros de la Comisión en los supuestos
de abstención, recusación o renuncia, se estará a lo previsto en el artículo 5.2 del
Reglamento de Selección del Personal Docente e Investigador de la Universitat de València.
5.3 Las comisiones de selección podrán reunirse en sesión presencial o a distancia.
Las comisiones han de constituirse en el plazo de tres meses desde el día siguiente al
de la publicación del nombramiento de sus miembros efectuado en la presente
convocatoria. El presidente o presidenta, previa consulta al resto de los miembros,
convocará a los titulares y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto de
constitución de la comisión, con indicación del lugar y la fecha.
5.4 La constitución de cada comisión exigirá la presencia de todos sus miembros con
voz y voto. Los miembros titulares que no concurran al acto de constitución cesarán y serán
sustituidos por sus suplentes. En caso de que, además de los titulares, en alguno de los

cve: BOE-A-2021-12014
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Quinta.