III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-12026)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Bormujos, para el desarrollo del programa de formación abierta denominado "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de julio de 2021

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Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
a) Facilitar el acceso de los ciudadanos matriculados en el ámbito territorial del
Ayuntamiento de Bormujos a los cursos de Aula Mentor, proporcionando cuentas de
acceso y recursos en línea.
b) Seleccionar y formar a los candidatos a coordinadores y tutores telemáticos a los
que hace referencia la normativa reguladora de Aula Mentor. Esta selección de los
candidatos se realizará conforme a los principios de mérito y capacidad.
c) Formar al administrador del aula en los aspectos específicos de gestión de Aula
Mentor.
d) Conforme a la tipología de cursos Mentor, certificar el aprendizaje de los
ciudadanos tras la superación de una prueba presencial que se realizará en el aula
donde el alumno está matriculado.
Ambas Partes podrán dar difusión a este convenio a través de sus canales de
comunicación internos y externos.
Asimismo, las Partes se comprometen a promocionar las iniciativas llevadas a cabo
al amparo de este acuerdo, mostrando de forma visible la colaboración establecida. La
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida incluirá en el
espacio web de Aula Mentor los datos del Ayuntamiento de Bormujos mientras que el
Ayuntamiento de Bormujos identificará en las instalaciones y en su página web la
colaboración establecida con el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Tercera. Aspectos económicos.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Bormujos ni para el del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte del Ayuntamiento de Bormujos:
– Formalizar el ingreso en tesorería de Ayuntamiento de Bormujos de los pagos por
matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad mínima establecida
con el Ayuntamiento de Bormujos ascenderá a 504 euros y un máximo de 48.000 euros,
ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de Bormujos en las aplicaciones
presupuestarias 329.02 «Tasa por Servicio de Actividades Formativas».
– Asumir la compensación económica de los tutores recogida en el acuerdo de
colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en concepto
de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la recaudación
recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en base a los
informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este
cargo será como mínimo de 400 euros/año y un máximo de 37.860 euros/año, que será
imputado al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Bormujos en la aplicación
presupuestaria 241.226.39 «Actividades y proyectos de Desarrollo Local».
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 200 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Bormujos, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo del contrato del responsable o administrador del Aula Mentor del
Ayuntamiento Bormujos que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año
(incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 9.900 euros/año
que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Bormujos.

cve: BOE-A-2021-12026
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Núm. 171