II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-11944)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 85228

El trámite de pago se deberá hacer en cualquier caso dentro del plazo de
presentación de instancias, siendo su abono fuera de plazo motivo de exclusión.
c) Estarán exentos del pago de esta tasa:
Los aspirantes que figuran como demandante de empleo durante el plazo, al menos,
de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria, siempre que en
el plazo de que se trate no hubiera rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiese
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesionales y carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al
salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la oficina de servicio
público de empleo correspondiente. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará
con una declaración jurada o promesa escrita del aspirante.
La exención debe quedar acreditada adjuntando escaneado en la solicitud el
documento correspondiente.
4.6 La solicitud deberá venir acompañada, inexcusablemente, de la siguiente
documentación escaneada:
a) Instancia-currículo, según modelo adjunto (Anexo II) disponible en la aplicación
de convocatorias indicada anteriormente.
b) N.I.F o N.I.E en vigor o documento equivalente para los ciudadanos de otra
nacionalidad.
c) Título de Doctor. En caso de haberse obtenido en el extranjero, deberán estar en
posesión de la credencial que acredite su homologación, declaración de equivalencia o
reconocimiento profesional del título académico, cuando así proceda.
d) Justificante acreditativo del pago de los derechos de formación de expediente.
La falta de este justificante determinará la exclusión del aspirante para la/s plaza/s de la
que se trate, no siendo un requisito subsanable.
Procederá la devolución del importe de la/s tasa/s satisfecha/s cuando el sujeto
pasivo resulte excluido de su participación en las pruebas selectivas, siempre que
formule la reclamación correspondiente en el plazo de un mes a partir de la publicación
de la relación definitiva de personas excluidas.
e) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que se señalan en
el punto 3.2 de la base tercera.
4.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en el plazo
dispuesto al efecto.
4.8 Los documentos acreditativos que se adjunten a la solicitud o los méritos
consignados en la misma, deberán estar referidos a una fecha anterior o igual a la fecha
fin de presentación de instancias.
5.

Admisión de aspirantes

5.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rector/a de la Universidad
de Castilla-La Mancha dictará resolución por la que se apruebe la lista provisional de
admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión.
5.2 Esta resolución será publicada en la aplicación de convocatorias https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3, y contra la misma se podrá presentar
reclamación ante el Rector/a, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día
siguiente al de publicación de la lista.
5.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas en el plazo
máximo de quince días hábiles el Rector/a dictará resolución aprobando la lista definitiva
de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma anteriormente
mencionada, surtirá los efectos de notificación a los interesados.
5.4 En aplicación del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación de

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Núm. 170