III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-11892)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M.P., y el Consejo Económico y Social de España, para la organización del curso "La formación profesional: herramienta de transformación de la sociedad del futuro".
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169
Viernes 16 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 85074
Directores y Ponentes: Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documentos identificativo,
Categorías de
correo electrónico, dirección y teléfono. Datos bancarios. Datos profesionales.
datos
Alumnos: Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documentos identificativo, correo
personales.
electrónico, dirección y teléfono.
Los datos de los directores y ponentes podrán aparecer reflejados en folletos o
en la Web de la FGUCM como parte de la divulgación del curso de verano
Categorías de organizado por el CES en colaboración con la FGUCM.
destinatarios. Los datos de los ponentes de las actividades formativas remuneradas serán
comunicados a la Administración Tributaria, Tribunal de Cuentas y Cámara de
Cuentas de la Comunidad de Madrid.
Tiene como objeto la gestión de las relaciones con ponentes y alumnos que
participen en mencionado curso que organizan conjuntamente el CES (responsable) y la
FGUCM, M.P. (encargado de tratamiento).
En consecuencia, con lo anteriormente expuesto, las partes firmantes del anexo, lo
llevan a efecto de conformidad con lo establecido en las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera.
El encargado de tratamiento se compromete a guardar la máxima reserva y secreto
sobre la información clasificada como confidencial y facilitada por el CES, sin revelarla
de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica sin la previa
autorización del CES. Se considerará información confidencial cualquier dato de carácter
personal al que el encargado de tratamiento acceda en virtud de la referida prestación de
servicios.
Las obligaciones de secreto y confidencialidad establecidas en el presente
documento tendrán una duración indefinida, manteniéndose en vigor con posterioridad a
la finalización, por cualquier causa, de la relación entre el encargado de tratamiento y el
responsable de tratamiento.
El encargado de tratamiento deberá garantizar que las personas autorizadas para
tratar datos personales se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la
confidencialidad. En este sentido, el encargado deberá mantener a disposición del
responsable la documentación que acredite tal extremo.
Segunda.
a) Acceder a los datos de carácter personal, cuya responsabilidad es del CES,
únicamente si tal acceso es necesario para la prestación del servicio contratado, y no
utilizará o aplicará dichos datos para fin distinto de la prestación del servicio. En ningún
caso podrá utilizar los datos para fines propios.
b) Tratar los datos cumpliendo con las mismas obligaciones que el responsable o
de acuerdo con sus instrucciones, prestando especial atención a las obligaciones
relacionadas con el principio de información y el ejercicio de los derechos de los
interesados. Si el encargado de tratamiento considera que alguna de las instrucciones
infringe la normativa vigente en materia de protección de datos deberá informar
inmediatamente al responsable.
c) Adoptar, como se recoge a continuación, las medidas técnicas y organizativas
pertinentes para garantizar la seguridad e integridad de los datos de carácter personal a
cve: BOE-A-2021-11892
Verificable en https://www.boe.es
El encargado de tratamiento reconoce que la legislación nacional y comunitaria sobre
protección de datos personales establecen una serie de obligaciones en el tratamiento
de datos de carácter personal por cuenta de terceros, para cuyo cumplimiento asume los
siguientes compromisos con carácter general:
Núm. 169
Viernes 16 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 85074
Directores y Ponentes: Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documentos identificativo,
Categorías de
correo electrónico, dirección y teléfono. Datos bancarios. Datos profesionales.
datos
Alumnos: Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documentos identificativo, correo
personales.
electrónico, dirección y teléfono.
Los datos de los directores y ponentes podrán aparecer reflejados en folletos o
en la Web de la FGUCM como parte de la divulgación del curso de verano
Categorías de organizado por el CES en colaboración con la FGUCM.
destinatarios. Los datos de los ponentes de las actividades formativas remuneradas serán
comunicados a la Administración Tributaria, Tribunal de Cuentas y Cámara de
Cuentas de la Comunidad de Madrid.
Tiene como objeto la gestión de las relaciones con ponentes y alumnos que
participen en mencionado curso que organizan conjuntamente el CES (responsable) y la
FGUCM, M.P. (encargado de tratamiento).
En consecuencia, con lo anteriormente expuesto, las partes firmantes del anexo, lo
llevan a efecto de conformidad con lo establecido en las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera.
El encargado de tratamiento se compromete a guardar la máxima reserva y secreto
sobre la información clasificada como confidencial y facilitada por el CES, sin revelarla
de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica sin la previa
autorización del CES. Se considerará información confidencial cualquier dato de carácter
personal al que el encargado de tratamiento acceda en virtud de la referida prestación de
servicios.
Las obligaciones de secreto y confidencialidad establecidas en el presente
documento tendrán una duración indefinida, manteniéndose en vigor con posterioridad a
la finalización, por cualquier causa, de la relación entre el encargado de tratamiento y el
responsable de tratamiento.
El encargado de tratamiento deberá garantizar que las personas autorizadas para
tratar datos personales se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la
confidencialidad. En este sentido, el encargado deberá mantener a disposición del
responsable la documentación que acredite tal extremo.
Segunda.
a) Acceder a los datos de carácter personal, cuya responsabilidad es del CES,
únicamente si tal acceso es necesario para la prestación del servicio contratado, y no
utilizará o aplicará dichos datos para fin distinto de la prestación del servicio. En ningún
caso podrá utilizar los datos para fines propios.
b) Tratar los datos cumpliendo con las mismas obligaciones que el responsable o
de acuerdo con sus instrucciones, prestando especial atención a las obligaciones
relacionadas con el principio de información y el ejercicio de los derechos de los
interesados. Si el encargado de tratamiento considera que alguna de las instrucciones
infringe la normativa vigente en materia de protección de datos deberá informar
inmediatamente al responsable.
c) Adoptar, como se recoge a continuación, las medidas técnicas y organizativas
pertinentes para garantizar la seguridad e integridad de los datos de carácter personal a
cve: BOE-A-2021-11892
Verificable en https://www.boe.es
El encargado de tratamiento reconoce que la legislación nacional y comunitaria sobre
protección de datos personales establecen una serie de obligaciones en el tratamiento
de datos de carácter personal por cuenta de terceros, para cuyo cumplimiento asume los
siguientes compromisos con carácter general: