II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Escala de Científicos Superiores de la Defensa. (BOE-A-2021-11878)
Resolución 400/38287/2021, de 14 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 84973

En el recuadro Centro Gestor: Subsecretaría.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Científicos
Superiores de la Defensa; código: 6154.
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará el área de
especialización por el que desea presentarse.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra mayúscula «L»
(acceso libre/nuevo ingreso).
En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará
Subsecretaría de Defensa. No es necesario señalar código.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará Madrid.
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en
el recuadro 23, las posibles adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con discapacidad, de solicitar dicha adaptación deberán adjuntar
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación competente,
que acreditará de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado
origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección
pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 22, «Reserva discapacidad» los aspirantes con un grado de
discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso
selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo
(casilla «sí, general»).
En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad, deberá indicar la
Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición. Además, en caso de familia
numerosa, deberá indicar el número del título en el recuadro 25.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación que
se posee para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en la base
específica 5 de esta convocatoria.
En el recuadro 27 «Datos A», los aspirantes que deseen participar en el proceso
selectivo por cualquiera de los cupos de reserva para personal militar deberán así
indicarlo, consignando en dicha casilla las letras mayúsculas «RM-cupo general» para
quienes participen por el cupo de reserva general establecido para el personal militar o
«RM. Cupo Últimos diez años compromiso», para quienes participen por el cupo de
reserva para los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los
últimos diez años de compromiso.
El importe de la tasa de derechos de examen será, con carácter general, de 30,79
euros y para miembros de familias numerosas de categoría general de 15,40 euros.
Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID y el interesado haya dado su conformidad
al órgano gestor para acceder a la Plataforma de Intermediación de Datos de las
Administraciones Públicas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos, un
mes antes de la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención:
1. Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales.

cve: BOE-A-2021-11878
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Núm. 169