III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Patrimonio histórico. (BOE-A-2021-11903)
Orden CUD/753/2021, de 5 de julio, por la que se otorga la garantía del Estado a la pintura "Retrato del barón H.H. Thyssen-Bornemisza (Hombre en una silla)" de Lucian Freud, para su exhibición en la colección permanente del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Viernes 16 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 85135

de esta Orden, se considerará que el valor individual de la obra es el que figura en la
solicitud de garantía del Estado.
3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el
artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla la
disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español, sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, deberán ser
aseguradas por la institución solicitante de la garantía o el cedente de la obra.
Cuarto. Periodo de cobertura y efectos.
1. El periodo máximo de cobertura de la garantía del Estado, se iniciará y surtirá
efectos desde el 16 de octubre de 2021, dado que la obra que figura en el anexo ya se
encuentra depositada y expuesta en las salas del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza,
hasta la devolución de la misma en su lugar de origen o en otro designado por el
cedente, con fecha límite de 15 de octubre de 2022.
2. En caso de ampliación del depósito de la obra, la garantía del Estado podrá
prorrogarse, a petición de la institución solicitante, previa conformidad del Ministerio de
Cultura y Deporte, a través de la correspondiente Orden.
Quinto.

Entrega y devolución de la obra.

1. Previamente al inicio de la garantía del Estado, personal técnico cualificado del
Museo Nacional Thyssen-Bornemisza elaborará un informe exhaustivo sobre el estado
de conservación. Obtenida la conformidad escrita del cedente y cesionario sobre dicho
informe, se procederá por parte de ambos a la firma del acta correspondiente.
2. El acta de devolución se firmará en el momento de entrega de la obra al cedente
en su lugar de origen o en el lugar por él designado. En el acta de devolución deberá
constar la conformidad de cedente y cesionario acerca de las condiciones en que se
encuentran la misma.
Sexto. Obligaciones de la institución solicitante.
Sin perjuicio de las restantes obligaciones que figuran en esta Orden, la institución
solicitante de la garantía deberá:
1.º Enviar a la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio
Histórico de la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte un
certificado extendido por su Director acreditando la finalización de la garantía otorgada, y
cualquier circunstancia que afecte a la misma, en el plazo de cuarenta y ocho horas a
partir de la devolución de la obra.
2.º Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y
conservación de la obra así como el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta Orden.
Séptimo. Incorporación de la solicitud y del anexo.
Se incorpora a esta Orden, formando parte de la misma, y la solicitud de la garantía
del Estado y el anexo que se cita en el apartado primero.
Remisión electrónica de la garantía del Estado.

La Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte dará
inmediata cuenta, por vía electrónica, del otorgamiento del compromiso del Estado y del
contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Hacienda.
Madrid, 5 de julio de 2021.–El Ministro de Cultura y Deporte, P.D. (Orden
CUD/990/2020, de 16 de octubre), el Secretario General de Cultura, Javier García
Fernández.

cve: BOE-A-2021-11903
Verificable en https://www.boe.es

Octavo.