II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Personal laboral. (BOE-A-2021-11786)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores y se modifica la de 15 de junio de 2021, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal como personal laboral fijo fuera de convenio, con la categoría de Farmacéutico/a Hospitalario/a, Farmacéutico/a y de Asesor/a de Relaciones Públicas e Institucionales, en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Jueves 15 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 84573

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DEL INTERIOR
11786

Resolución de 8 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se corrigen
errores y se modifica la de 15 de junio de 2021, por la que se convoca
proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal como personal
laboral fijo fuera de convenio, con la categoría de Farmacéutico/a
Hospitalario/a, Farmacéutico/a y de Asesor/a de Relaciones Públicas e
Institucionales, en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

Por Resolución de 15 de junio de 2021, de la Subsecretaría («Boletín Oficial del
Estado» de 23 de junio), se convocó proceso selectivo para la estabilización de empleo
temporal como personal laboral fijo fuera de convenio, con la categoría de
Farmacéutico/a Hospitalario/a, Farmacéutico/a y de Asesor/a de Relaciones Públicas e
Institucionales, en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
Advertidos errores en el anexo I de la citada Resolución y siendo necesario modificar
la composición del Tribunal Calificador, ante la renuncia de unos de los vocales, esta
Subsecretaría ha resuelto lo siguiente:
Primero.

Donde dice: «a) Servicios efectivos prestados como Farmacéutico/a Hospitalario/a
en el ámbito de la Administración General del Estado: 0,30 puntos por mes completo de
servicios», debe decir: «a) Servicios efectivos prestados como Farmacéutico/a
Hospitalario/a, Farmacéutico/a, o Asesor/a de Relaciones Públicas e Institucionales, en
el ámbito de la Administración General del Estado: 0,30 puntos por mes completo de
servicios.»
Donde dice: «b) Servicios efectivos prestados como Farmacéutico/a Hospitalario/a
acogido a otros convenios colectivos de la Administración General del Estado: 0,12
puntos por mes completo de servicios», debe decir: «b) Servicios efectivos prestados
como Farmacéutico/a Hospitalario/a, Farmacéutico/a, o Asesor/a de Relaciones Públicas
e Institucionales, acogido a convenios colectivos de la Administración General del
Estado: 0,12 puntos por mes completo de servicios.»
Donde dice: «c) Servicios efectivos prestados como Farmacéutico/a en la
Administración General del Estado: 0,09 puntos por mes completo de servicios», debe
decir: «c) Servicios efectivos prestados como Farmacéutico/a Hospitalario/a,
Farmacéutico/a o Asesor/a de Relaciones Públicas e Institucionales en otras
Administraciones Públicas o en el Sector Público: 0,09 puntos por mes completo de
servicios.»
Donde dice: «d) Servicios efectivos prestados como Farmacéutico/a en otras
Administraciones Públicas o en el Sector Público: 0,06 puntos por mes completo de
servicios», debe decir: «d) Servicios efectivos prestados como Farmacéutico/a
Hospitalario/a o Farmacéutico/a, o Asesor/a de Relaciones Públicas e Institucionales, en
otros ámbitos no incluidos en los apartados anteriores: 0,06 puntos por mes completo de
servicios.»
Se elimina el apartado e).

cve: BOE-A-2021-11786
Verificable en https://www.boe.es

Dentro del apartado 2.1 «Méritos profesionales», del citado anexo I, se introducen las
siguientes correcciones: