III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Condecoraciones. (BOE-A-2021-11748)
Real Decreto 579/2021, de 13 de julio, por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil, a título póstumo, a los profesionales sanitarios y de apoyo a los sistemas de salud fallecidos en la lucha contra la pandemia del COVID-19 que se citan.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167

Miércoles 14 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 84125

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
11748

Real Decreto 579/2021, de 13 de julio, por el que se concede la Gran Cruz de
la Orden del Mérito Civil, a título póstumo, a los profesionales sanitarios y de
apoyo a los sistemas de salud fallecidos en la lucha contra la pandemia del
COVID-19 que se citan.

Señor Nabil Al-Abdalla Al-Duehy, doña Isabel Alcalá Bru, don Jesús Algaba Guimera,
don José Algaba Mesa, don Carlos de Aragón Amunárriz, don Juan Antonio Aunión
Mayo, don Pablo Ayesta Grau, doña Rosa María Banquetero Méndez, don Ignacio
Bañón Mellado, don Manuel Barragán Solís, doña Juana Esther Barthe Carrera, doña
Serafina Belenguer García, doña Sara Bravo López, doña María Isabel Bueno Fatela,
don Fernando J. Caba Barrientos, doña Petra Cabeza Sánchez, don Julián Cabrera
Biosques, doña Alma del Carmen Cairoli Davo, don Jacinto Calvo Gómez, doña Rocío
Campos Cantero, don Arturo Cantero Jiménez, doña María Carmen Carrasco Mialedea,

cve: BOE-A-2021-11748
Verificable en https://www.boe.es

La crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 está suponiendo un esfuerzo
extraordinario para el conjunto del sistema sanitario español. Sin la capacidad, eficacia y
entrega ejemplar por parte de estos profesionales no hubiera sido posible garantizar el
cuidado y la atención a los enfermos en una pandemia como la que afrontamos.
El trabajo del personal sanitario y de apoyo a los sistemas de salud dedicado a la
atención de los pacientes de COVID-19 ha recibido el reconocimiento unánime de la
sociedad española, consciente del papel insustituible de esta colectividad en beneficio
del interés general. Siendo consciente de esta encomiable labor, el Gobierno de la
Nación quiere expresar su máximo agradecimiento, honrando y distinguiendo su
dedicación, entrega y memoria.
La Orden del Mérito Civil, de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 2396/1998, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la
Orden del Mérito Civil tiene por objeto premiar los méritos adquiridos por el personal
dependiente de alguna de las administraciones públicas o por personas ajenas a la
Administración, que presten o hayan prestado servicios relevantes al Estado, con
trabajos extraordinarios, provechosas iniciativas o con constancia ejemplar en el
cumplimiento de sus deberes.
Aunque la voluntad del Gobierno de la Nación es rendir tributo y reconocimiento a
todos y cada uno de los profesionales sanitarios y personal de apoyo fallecidos a causa
de la pandemia de COVID-19, la regulación de la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil
requiere individualizar a los galardonados, tarea no exenta de dificultades por la
prolongada persistencia de la pandemia a nivel global y por la complejidad que conlleva
la obtención de datos e información de carácter personal. Por un elemental principio de
equidad, el Gobierno atenderá cualquier comunicación o petición que acredite otros
supuestos de fallecidos que, por cualquier circunstancia, no se encontraran en la relación
de condecorados por medio de este real decreto.
Por ello, y en atención a la extraordinaria entrega de los profesionales sanitarios y de
apoyo a los sistemas de salud que han fallecido en la lucha contra el COVID-19, y a su
comportamiento en defensa de la vida y de la salud de los ciudadanos, que ofrece un
ejemplo perdurable a generaciones venideras, a propuesta del Ministro de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 13 de julio de 2021.
Vengo en conceder la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil, a título póstumo, a las
personas que, a continuación, se citan: