V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2021-33167)
Extracto de la Orden de 6 de julio de 2021, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de libros correspondientes a 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167

Miércoles 14 de julio de 2021

Sec. V-B. Pág. 44034

El importe de la subvención será, como máximo, de 1.150.000 euros, con
cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.775, del programa 334B "Ayudas para
la edición de Libros" del presupuesto de gastos del Ministerio de Cultura y Deporte
para el año 2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del
extracto de la convocatoria en el BOE.
Sexto. Otros datos
Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones
públicos o privados para la misma actividad siempre que el importe de la misma
sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones,
no supere el 100% del coste de la edición o producción de la obra.
Sin perjuicio de lo anterior, con cargo a esta convocatoria no se podrá financiar
más de un 50% del coste total de la publicación del proyecto, entendiéndose por tal
la suma de los costes que suponga para la entidad la edición o producción,
distribución y comercialización del libro. El 50% restante necesariamente deberá
financiarse con cargo a los fondos propios de la editorial o mediante otras ayudas
públicas o privadas.
El número máximo de proyectos a presentar, será el equivalente al 50% de la
producción editorial de la empresa en 2020 (el redondeo se efectuará hacia abajo;
no computarán como títulos las reimpresiones ni las reediciones) y, en todo caso,
nunca superior a cinco.
Para poder acceder a la ayuda los proyectos editoriales que se presenten
deberán tener planificada una tirada mínima de 700 ejemplares y una tirada
máxima de 3.779 ejemplares para libros en papel y formato simultáneo. Los libros
exclusivamente digitales o audiolibros deberán acreditar el empleo de canales de
venta adecuados que aseguren la difusión de la obra. No se aplicará el requisito de
tirada mínima para aquellas obras en lengua de signos o sistema Braille.
Madrid, 6 de julio de 2021.- El Ministro de Cultura y Deporte P.D. de la Orden
CUD/990/2020, de 16 de octubre, la Directora General del Libro y Fomento de la
Lectura, María José Gálvez Salvador.

cve: BOE-B-2021-33167
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X