III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-11651)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con el Centro de Divulgación Cultural del Estrecho Al-Tarab, para impulsar el fortalecimiento del sector cinematográfico africano como instrumento de desarrollo en el marco del Festival de Cine Africano de Tarifa-Festival de Cine Africano de Tánger.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 83698

normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente Convenio y, a tal
efecto,
EXPONEN
I. Que la AECID es una agencia estatal, adscrita al Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, cuyos fines primordiales son contribuir al crecimiento
económico y al progreso social, cultural, institucional y político de los países en vías de
desarrollo; fomentar la cooperación cultural y científica de España con los países en vías
de desarrollo y asegurar la concertación de las políticas de desarrollo, especialmente en
el ámbito de la Unión Europea, según el artículo único del Real Decreto 1403/2007,
de 26 de octubre, por el que se aprueba su Estatuto.
II. Que, de acuerdo con el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se
aprueba su Estatuto, la AECID es la encargada de ejecutar las funciones y competencias
atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en materia
de promoción y desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, así
como de gestionar y ejecutar la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital
humano y la cooperación universitaria y científica al desarrollo.
III. Que la AECID desarrolla proyectos acordes con las prioridades geográficas y
sectoriales establecidas, manteniendo para ello líneas de apoyo en materia de
cinematografías emergentes –latinoamericana, árabe, asiática y africana– y de temáticas
relacionadas con los Derechos Humanos, la integración, la equidad de género y la
solidaridad, entre otros.
IV. Que el V Plan Director de la Cooperación Española (2018-2021) señala
expresamente que el respeto de la diversidad cultural constituye una riqueza que ha de
preservarse, dando especial relevancia a la protección del patrimonio material e
inmaterial de los pueblos y a la promoción del diálogo intercultural.
V. Que la AECID, a través del Programa ACERCA de capacitación para el
desarrollo en el sector cultural, contribuye a la formación de profesionales del sector de
la cultura y de las industrias creativas en países socios de la Cooperación española,
fomentando la resiliencia de las personas y favoreciendo su empleabilidad, aspectos
fundamentales para promover el crecimiento económico y el desarrollo sostenible de los
países implicados.
VI. Que Al-Tarab es una organización de naturaleza asociativa de nacionalidad
española, con ámbito territorial de acción nacional e internacional, y sin ánimo de lucro,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, la Ley
Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora de del Derecho de Asociación y demás
disposiciones vigentes dictadas en desarrollo y aplicación de aquella, así como las
disposiciones normativas concordantes.
VII. Que, de acuerdo con sus Estatutos de Constitución de fecha de 23 de enero
de 2004 (inscritos en el Registro Nacional de Asociaciones en el Grupo 1, Sección 1,
Número Nacional 172427), su objeto es el de servir de foro de intercambio para las
distintas expresiones culturales del continente africano; promover la cooperación cultural
como instrumento de desarrollo social, económico y político tanto individual como
colectivo y divulgar y promover las cinematografías procedentes del continente africano
como herramienta de desarrollo y para la educación intercultural y el conocimiento entre
los pueblos, a través fundamentalmente de la organización del Festival de Cine Africano
de Tarifa-Tánger FCAT (en adelante, el Festival).
VIII. Que, en el marco del Festival, tienen cabida talleres, cursos y seminarios
formativos, así como foros y debates, protagonizados por profesionales cuyas obras,
tradicionalmente, encuentran dificultades para estar presentes en circuitos normalizados
de exhibición, facilitando así la apertura de mercados en el marco de las líneas
estratégicas de cultura y desarrollo, especialmente en relación con las cinematografías
emergentes de los países prioritarios para la cooperación española.

cve: BOE-A-2021-11651
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Núm. 166