II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado. (BOE-A-2021-11630)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 83642

8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer
apellido que comience por la letra «V», según lo establecido en la Resolución de 23 de
junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública.
8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
www.miteco.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/default.aspx, la web de la
Agencia Estatal de Meteorología, www.aemet.es/es/empleo_y_becas/empleo_publico,
así como en la página web www.administracion.gob.es y en el Portal FUNCIONA.
8.3 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá
dirigir a la dirección de correo electrónico buzon_oposiciones@aemet.es.
9. Destinos
Con el fin de canalizar los principios contenidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo
Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que los aspirantes que superen dichas
pruebas soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
El nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que superen este
proceso selectivo por el sistema general de acceso libre, tendrá lugar en puestos de
trabajo adscritos a la Agencia Estatal de Meteorología.
10.

Embarazo de riesgo o parto

Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las
aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo,
su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las
fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se
menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada
a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes
que han superado el proceso selectivo.
11.

Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en
el plazo de un mes desde su publicación o bien, recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2021-11630
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Núm. 166