III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-11607)
Resolución de 30 de junio de 2021, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Tecnológica de Silesia, para la colaboración en estudios de grado y postgrado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Lunes 12 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 83187
La participación de CIEMAT, en el programa de prácticas no supone la adquisición de
más compromisos que los estipulados en el presente Convenio.
Los alumnos no percibirán cantidad alguna por la realización de las actividades
formativas en el CIEMAT y no supondrá existencia de relación alguna con CIEMAT. Al no
existir relación de carácter laboral entre el alumno y el CIEMAT, en el caso de que al
término de las prácticas el alumno se incorpore a la plantilla de la misma, el tiempo de
estancia en prácticas no se computará a efectos de antigüedad, ni eximirá del
correspondiente periodo de prueba.
En caso de generarse alguna obligación económica en materia de cotización a la
Seguridad Social del estudiante cuando se apruebe el desarrollo reglamentario de la
disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la
revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social,
laboral y de empleo, se tramitará la oportuna adenda modificativa del convenio siguiendo
para ello los trámites previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Los alumnos en prácticas deberán cumplir las normas de régimen interno del
CIEMAT, aunque dependen administrativamente y a todos los efectos de la Universidad
Tecnológica de Silesia.
Tercera.
Corresponde a la Universidad Tecnológica de Silesia.
La Facultad de Ingeniería de Materiales de la Universidad Tecnológica de Silesia,
supervisará las actividades de los estudiantes y tomará bajo su responsabilidad y a su
cargo, con vistas al desarrollo de dicho objetivo, las siguientes actuaciones:
1. El responsable de prácticas nombrado por la Facultad de Ingeniería de
Materiales de la Universidad Tecnológica de Silesia, facilitará al CIEMAT toda la
información relativa a los programas de cooperación educativa y resolverá cuantas
dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas.
2. La Facultad de Ingeniería de Materiales de la Universidad Tecnológica de Silesia,
designará un tutor académico que velará por el normal desarrollo de las prácticas,
colaborará con el tutor correspondiente del CIEMAT en todos aquellos aspectos que
afecten al mismo, y se responsabilizará de la tutoría del alumno participante en las
prácticas y de la supervisión de su realización.
3. El tutor del CIEMAT recibirá por parte de la Universidad Tecnológica de Silesia
Facultad de Ingeniería de Materiales un certificado acreditativo de la labor desarrollada,
así como de la duración de la misma.
Cuarta.
Corresponde al CIEMAT.
1. El CIEMAT, en tanto que colabora en un programa de cooperación educativa,
facilitará al alumno la realización de sus exámenes y, salvo por causa debidamente
justificada y comunicada previamente a la Universidad Tecnológica de Silesia, no
cancelará el programa que se contemple en el Anexo correspondiente.
2. El CIEMAT, designará a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada
alumno y de la valoración de su estancia, facilitando a la Universidad Tecnológica de
Silesia (al tutor académico responsable de prácticas), el informe de aprovechamiento de
las prácticas a su finalización, en el que se reconozca al alumno el tiempo de prácticas
realizado, así como su contenido.
Quinta. Seguros.
La Facultad de Ingeniería de Materiales de la Universidad Tecnológica de Silesia, se
compromete a realizar un seguro de enfermedad y accidentes para los participantes, así
como un seguro de responsabilidad civil durante la duración de la estancia.
cve: BOE-A-2021-11607
Verificable en https://www.boe.es
El CIEMAT, tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vista al desarrollo de
dicho objetivo, las siguientes actuaciones:
Núm. 165
Lunes 12 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 83187
La participación de CIEMAT, en el programa de prácticas no supone la adquisición de
más compromisos que los estipulados en el presente Convenio.
Los alumnos no percibirán cantidad alguna por la realización de las actividades
formativas en el CIEMAT y no supondrá existencia de relación alguna con CIEMAT. Al no
existir relación de carácter laboral entre el alumno y el CIEMAT, en el caso de que al
término de las prácticas el alumno se incorpore a la plantilla de la misma, el tiempo de
estancia en prácticas no se computará a efectos de antigüedad, ni eximirá del
correspondiente periodo de prueba.
En caso de generarse alguna obligación económica en materia de cotización a la
Seguridad Social del estudiante cuando se apruebe el desarrollo reglamentario de la
disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la
revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social,
laboral y de empleo, se tramitará la oportuna adenda modificativa del convenio siguiendo
para ello los trámites previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Los alumnos en prácticas deberán cumplir las normas de régimen interno del
CIEMAT, aunque dependen administrativamente y a todos los efectos de la Universidad
Tecnológica de Silesia.
Tercera.
Corresponde a la Universidad Tecnológica de Silesia.
La Facultad de Ingeniería de Materiales de la Universidad Tecnológica de Silesia,
supervisará las actividades de los estudiantes y tomará bajo su responsabilidad y a su
cargo, con vistas al desarrollo de dicho objetivo, las siguientes actuaciones:
1. El responsable de prácticas nombrado por la Facultad de Ingeniería de
Materiales de la Universidad Tecnológica de Silesia, facilitará al CIEMAT toda la
información relativa a los programas de cooperación educativa y resolverá cuantas
dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas.
2. La Facultad de Ingeniería de Materiales de la Universidad Tecnológica de Silesia,
designará un tutor académico que velará por el normal desarrollo de las prácticas,
colaborará con el tutor correspondiente del CIEMAT en todos aquellos aspectos que
afecten al mismo, y se responsabilizará de la tutoría del alumno participante en las
prácticas y de la supervisión de su realización.
3. El tutor del CIEMAT recibirá por parte de la Universidad Tecnológica de Silesia
Facultad de Ingeniería de Materiales un certificado acreditativo de la labor desarrollada,
así como de la duración de la misma.
Cuarta.
Corresponde al CIEMAT.
1. El CIEMAT, en tanto que colabora en un programa de cooperación educativa,
facilitará al alumno la realización de sus exámenes y, salvo por causa debidamente
justificada y comunicada previamente a la Universidad Tecnológica de Silesia, no
cancelará el programa que se contemple en el Anexo correspondiente.
2. El CIEMAT, designará a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada
alumno y de la valoración de su estancia, facilitando a la Universidad Tecnológica de
Silesia (al tutor académico responsable de prácticas), el informe de aprovechamiento de
las prácticas a su finalización, en el que se reconozca al alumno el tiempo de prácticas
realizado, así como su contenido.
Quinta. Seguros.
La Facultad de Ingeniería de Materiales de la Universidad Tecnológica de Silesia, se
compromete a realizar un seguro de enfermedad y accidentes para los participantes, así
como un seguro de responsabilidad civil durante la duración de la estancia.
cve: BOE-A-2021-11607
Verificable en https://www.boe.es
El CIEMAT, tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vista al desarrollo de
dicho objetivo, las siguientes actuaciones: