III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-11591)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en la Consejería de Educación en Andorra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Lunes 12 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 83055

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
11591

Resolución de 2 de julio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, para la
realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado
en la Consejería de Educación en Andorra.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad Antonio de
Nebrija, han suscrito, con fecha 2 de julio de 2021, un Convenio para la realización de
prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la
Consejería de Educación en el Andorra, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 2 de julio de 2021.–El Secretario General Técnico, Liborio López García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la
Universidad Antonio de Nebrija para la realización de prácticas académicas de los
alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de Educación en
Andorra
De una parte, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, representado en
este acto por don Diego Fernández Alberdi, Director General de Planificación y Gestión
Educativa, nombrado por Real Decreto 743/2018 de 29 de junio, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 7.1 de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de
límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de
competencias.
Y de otra, la Universidad Antonio de Nebrija, con domicilio a los efectos del presente
convenio en Campus de Ciencias de la Vida en La Berzosa, 28248 Hoyo de Manzanares
(Madrid) y, en su nombre y representación, el/la Rector Magnífico don José Muñiz
Fernández, nombrado por el Consejo Rector (Consejo de Administración) de la
Universidad Antonio de Nebrija en su sesión del 14 de julio de 2020, (Sociedad
Universitos Nebrissensis, SA), provista de C.I.F. n.º A78094158.

I. Que el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en virtud del Real
Decreto 1045/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación
profesional. Dicho Real Decreto en su artículo 5 recoge las funciones de la Dirección
General de Planificación y Gestión Educativa, entre las que se encuentran «la
planificación, dirección y gestión de los servicios de educación en el exterior
encuadrados en las Consejerías, Agregadurías y Direcciones de Programas existentes
en diferentes países, de la Administración educativa en el exterior, y de los centros
docentes españoles de titularidad estatal en el extranjero.» Por ello, el Ministerio de
Educación y Formación Profesional a través de la Consejería de Educación en Andorra,
promueve, dirige y gestiona las distintas actuaciones en materia de acción educativa y

cve: BOE-A-2021-11591
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