III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-11588)
Resolución de 1 de julio de 2021, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Adolfo Autric Amarillo de Sancho, para el desarrollo de actividades culturales y académicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Lunes 12 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 83040
dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado
para un fin común.
Asimismo, le serán de aplicación las disposiciones aplicables al mismo, contenidas
en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines
Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y en el Real Decreto 1270/2003,
de 10 de octubre, que contiene su desarrollo reglamentario.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Las controversias que pudieran surgir en la interpretación, resolución y efectos que
puedan derivarse del presente convenio, se resolverán de forma amistosa entre los
representantes designados por las partes para el seguimiento y control del presente
convenio. No obstante, si ello no fuera posible, ambas partes acuerdan expresamente
someterse al orden jurisdiccional contencioso administrativo según las previsiones de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – administrativa.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes lo firman por
duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha al principio señalados.–Por el
Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero.–En su propio nombre y
derecho, Adolfo Autric Amarillo de Sancho.
ANEJO I
Certificación justificativa como entidad beneficiaria de mecenazgo derivada del
Convenio entre el Instituto Cervantes y Adolfo Autric Amarillo de Sancho
El artículo 25, de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo regula los
convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general, en los que la
entidad beneficiaria se compromete a difundir, por cualquier medio, la participación del
colaborador en dichas actividades. De conformidad con lo anterior se expide la presente
certificación justificativa como entidad beneficiaria de mecenazgo derivada de convenios
de colaboración empresarial en actividades de interés general.
1.
Datos de Identificación.
Entidad colaboradora:
Nombre:
Dirección:
NIF:
Entidad beneficiaria:
El Instituto Cervantes se encuentra incluido entre las entidades reguladas en el
artículo 16 de la mencionada Ley 49/2002. La aportación será destinada a la realización
de actividades que se efectúen en cumplimiento de los fines para los que fue creado el
Instituto Cervantes: promoción universal del español y difusión de la cultura en el
exterior.
cve: BOE-A-2021-11588
Verificable en https://www.boe.es
Nombre: Instituto Cervantes.
Dirección: c/ Alcalá, 49.
NIF: Q-2812007-I.
Núm. 165
Lunes 12 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 83040
dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado
para un fin común.
Asimismo, le serán de aplicación las disposiciones aplicables al mismo, contenidas
en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines
Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y en el Real Decreto 1270/2003,
de 10 de octubre, que contiene su desarrollo reglamentario.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Las controversias que pudieran surgir en la interpretación, resolución y efectos que
puedan derivarse del presente convenio, se resolverán de forma amistosa entre los
representantes designados por las partes para el seguimiento y control del presente
convenio. No obstante, si ello no fuera posible, ambas partes acuerdan expresamente
someterse al orden jurisdiccional contencioso administrativo según las previsiones de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – administrativa.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes lo firman por
duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha al principio señalados.–Por el
Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero.–En su propio nombre y
derecho, Adolfo Autric Amarillo de Sancho.
ANEJO I
Certificación justificativa como entidad beneficiaria de mecenazgo derivada del
Convenio entre el Instituto Cervantes y Adolfo Autric Amarillo de Sancho
El artículo 25, de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo regula los
convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general, en los que la
entidad beneficiaria se compromete a difundir, por cualquier medio, la participación del
colaborador en dichas actividades. De conformidad con lo anterior se expide la presente
certificación justificativa como entidad beneficiaria de mecenazgo derivada de convenios
de colaboración empresarial en actividades de interés general.
1.
Datos de Identificación.
Entidad colaboradora:
Nombre:
Dirección:
NIF:
Entidad beneficiaria:
El Instituto Cervantes se encuentra incluido entre las entidades reguladas en el
artículo 16 de la mencionada Ley 49/2002. La aportación será destinada a la realización
de actividades que se efectúen en cumplimiento de los fines para los que fue creado el
Instituto Cervantes: promoción universal del español y difusión de la cultura en el
exterior.
cve: BOE-A-2021-11588
Verificable en https://www.boe.es
Nombre: Instituto Cervantes.
Dirección: c/ Alcalá, 49.
NIF: Q-2812007-I.