III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-11485)
Orden HAC/727/2021, de 7 de julio, por la que se publica el Convenio con la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y el Ayuntamiento de Castellar de la Frontera, para la financiación de inversiones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Sábado 10 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 82706

problemática, que hacen necesario emprender acciones destinadas a lograr diversos
objetivos en la zona, tales como su impulso económico, la mejora de la seguridad o la
realización de inversiones en infraestructuras.
A tal fin se ha aprobado el Plan para el Campo de Gibraltar, mediante acuerdo del
Consejo de Ministros de fecha 16 de noviembre de 2018, que integra diversas
actuaciones cuyo desarrollo dé respuesta a la singularidad de la comarca, y cuya
responsabilidad depende de distintos departamentos ministeriales.
Segundo.
Entre las medidas de dicho Plan, se incluye la siguiente, cuya responsabilidad se
atribuye a la Secretaría de Estado de Hacienda del Ministerio de Hacienda:
Subvenciones nominativas a Entidades Locales para financiar actuaciones concretas
y excepcionales.
Entre los programas de gasto que gestiona el Ministerio de Hacienda se incluyen
subvenciones nominativas a entidades locales para financiar actuaciones puntuales en
determinados municipios que por razones excepcionales lo precisen.
Estas subvenciones nominativas deben figurar en la correspondiente Ley de
Presupuestos Generales del Estado y se instrumentan a través de Convenios con
duración anual, suscritos con un Ayuntamiento determinado.
Se acuerda la inclusión de subvenciones nominativas por importe de hasta 7 millones
de euros en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2019.
Las actuaciones a realizar en todos los municipios de la Comarca del Campo de
Gibraltar, deberán cuantificarse por municipios y formalizar un Convenio con cada uno de
los ayuntamientos afectados.
Tercero.
Para el cumplimiento de dicho Plan, la disposición adicional centésima décima de la
Ley 11/2020, de 30 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, ha
dispuesto lo siguiente:

Uno. Para el ejercicio 2021, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2.a) y 28 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, en el programa 942N, de
la Sección 37 de los Presupuestos Generales del Estado, figura un crédito de 7,3
millones de euros para las subvenciones nominativas a Entidades Locales del Campo de
Gibraltar para financiar actuaciones concretas y excepcionales (inversiones) en
ejecución del Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2018 por el que
se aprueba el Plan Integral para el Campo de Gibraltar.
Dos. Las actuaciones a realizar en los municipios de la Comarca del Campo de
Gibraltar, deberán cuantificarse por municipios, a propuesta de la Mancomunidad de
Municipios del Campo de Gibraltar, y formalizar un Convenio con cada uno de los
ayuntamientos afectados.
Tres. Las subvenciones citadas en el párrafo anterior se harán efectivas en la forma
que se establezca en el instrumento regulador correspondiente, que para el otorgamiento
de subvenciones directas establece el artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba su Reglamento de desarrollo.
Cuatro. El otorgamiento de estas subvenciones por parte de la Administración
General del Estado es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos

cve: BOE-A-2021-11485
Verificable en https://www.boe.es

Regulación de la concesión de subvenciones nominativas destinadas a la
financiación de actuaciones concretas y excepcionales a determinados municipios del
Campo de Gibraltar.