II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Procesos selectivos. (BOE-A-2021-11402)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en los procesos selectivos correspondientes a las ofertas de empleo público de 2019 y 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Viernes 9 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 81895

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE HACIENDA
11402

Resolución de 6 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se declara
inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en los procesos
selectivos correspondientes a las ofertas de empleo público de 2019 y 2020.

El desarrollo de los procesos selectivos convocados por este Ministerio,
correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2019 y 2020, exige el cumplimiento
de determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General
de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos
durante el mes de agosto, esta Subsecretaría resuelve declarar inhábil dicho mes a
efectos del cómputo de plazos en los procesos selectivos de los siguientes Cuerpos:
Correspondientes a la oferta de empleo público 2019:







Arquitectos de la Hacienda Pública.
Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.
Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública.
Superior de Gestión Catastral.
Técnico de Gestión Catastral.

Correspondientes a la oferta de empleo público 2020:
– Superior de Interventores y Auditores del Estado.
– Técnico de Auditoría y Contabilidad.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de
un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del
domicilio del interesado, a elección del mismo, en ambos casos a partir del día siguiente
al de su notificación (art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y art. 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa) y sin perjuicio
de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

cve: BOE-A-2021-11402
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 6 de julio de 2021.–La Subsecretaria de Hacienda, Pilar Paneque Sosa.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X