II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2 y Grupo E. (BOE-A-2021-11405)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 81934
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un
mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por
enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que
por ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese, por
necesidades del servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse ésta a la
Unidad competente.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función
Pública podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la
prórroga prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Subsecretaria de
Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá conceder una prórroga de
incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y
así lo solicita el interesado por razones justificadas.
Undécima.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo
caso deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en
situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la
posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
Los puestos relacionados en el anexo I-B solo se adjudicarán cuando resulten vacantes
como consecuencia de la provisión de los puestos relacionados en el anexo I-A.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la
misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y
Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Decimotercera.
Recursos.
Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-A-2021-11405
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 81934
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un
mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por
enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que
por ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese, por
necesidades del servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse ésta a la
Unidad competente.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función
Pública podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la
prórroga prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Subsecretaria de
Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá conceder una prórroga de
incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y
así lo solicita el interesado por razones justificadas.
Undécima.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo
caso deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en
situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la
posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
Los puestos relacionados en el anexo I-B solo se adjudicarán cuando resulten vacantes
como consecuencia de la provisión de los puestos relacionados en el anexo I-A.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la
misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y
Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Decimotercera.
Recursos.
Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-A-2021-11405
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Duodécima.