III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-11464)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias y la Universidad de Oviedo, para la regulación del Centro de Investigación en Nanomateriales y Nanotecnología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Viernes 9 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 82461

Anualidad

Aportación del Principado de Asturias

Euros

2021

234.000

2022

234.000

2023

234.000

2024

234.000

En el último cuatrimestre de 2024, junto a la aprobación del presupuesto del ejercicio
siguiente, la Comisión Rectora evaluará y revisará la aportación del Principado de
Asturias, determinándose su compromiso de aportación, que podrá incluir aportaciones
en especie siempre que se aprueben por la Comisión Rectora.
A estos efectos, será necesaria la aprobación o ratificación expresa de los órganos
superiores de las instituciones cotitulares, para lo cual se firmará la correspondiente
adenda económica. Este proceso se repetirá durante el resto de vigencia del convenio.
4. La gestión administrativa del presupuesto, su seguimiento y el control del gasto,
así como en su caso la ejecución y ordenación general de gastos corresponderá a la
Gerencia del Instituto, bajo la supervisión de la Dirección, de conformidad con las
competencias que tenga delegadas o desconcentradas y en función de la unidad o
unidades funcionales de gasto que las instituciones cotitulares hayan abierto o puesto al
servicio del Instituto.
En todo caso, de conformidad con los artículos 116.5 y 323.5 de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público, cuando en el Instituto existan
necesidades compartidas y así se estime como fórmula más eficiente, las instituciones
cotitulares, mediante acuerdo de la Comisión Rectora, podrán adoptar el protocolo de
actuación que regirá la celebración de un contrato compartido. En dicho protocolo se
identificará, al menos, el órgano de contratación único perteneciente a alguna las
instituciones cotitulares que realizará la tramitación del expediente, así como la fórmula y
el importe de la contribución de todas ellas a su financiación.

cve: BOE-A-2021-11464
Verificable en https://www.boe.es

2. El presupuesto será el documento único, comprensivo de todos los gastos e
ingresos relacionados con el funcionamiento y el desarrollo de la actividad investigadora
del Instituto, que servirá como mecanismo de control de la actividad económica del
mismo, suponiendo un límite para su capacidad de gasto, excepto cuando se ejecuten
con financiación externa.
El RRI establecerá el procedimiento de elaboración, propuesta y aprobación del
presupuesto, su estructura y liquidación, incluyendo los modelos exigibles.
3. El porcentaje de aportación del CSIC y de la Universidad de Oviedo para la
financiación del presupuesto se establecerá de forma proporcional al número de
investigadores de las categorías que determine el RRI que cada una tenga adscritos al
instituto en el periodo temporal que se acuerde. Las aportaciones de las instituciones
cotitulares podrán ser en especie o directas.
La ejecución del presupuesto quedará supeditada a la efectiva consignación
presupuestaria interna que, en concepto de aportación directa, cada parte efectúe en la
unidad de gasto destinada a tal fin por cada una de ellas.
El Principado de Asturias aportará al Instituto el porcentaje del presupuesto que se
establezca para cada periodo, en función de los créditos consignados en cada anualidad
en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias y/o, en su caso, de las
aportaciones en especie y que la Comisión Rectora pueda aprobar.
Para el periodo 2021-2024, el Principado de Asturias aportará al presupuesto del
Instituto una cuantía anual con cargo a sus Presupuestos, según la distribución por
anualidades que se muestra en la tabla siguiente: