III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-11430)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias y Radio Ecca, Fundación Canaria, para el desarrollo y la actuación conjunta y coordinada en materia de cooperación para el desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82059
Fundaciones Canarias. Con facultad para suscribir el presente Convenio según se
recoge en el poder otorgado en Las Palmas de Gran Canaria a 11 de enero de 2021,
ante el Notario de Las Palmas de Gran Canaria don Jesús Toledano García con número
de protocolo 27.
Los firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la
normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente Convenio y, a tal
efecto,
EXPONEN
Que la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el desarrollo,
establece que la política española de cooperación internacional para el desarrollo,
inspirada en la Constitución, expresa la solidaridad del pueblo español con los países en
desarrollo, particularmente, con los pueblos más desfavorecidos de otras naciones.
Asimismo, en su artículo 3 se dispone que la política de cooperación internacional
para el desarrollo es parte de la acción exterior del Estado y se basa en el principio de
unidad de acción del Estado en el exterior.
Que la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en
adelante, AECID) tiene atribuida la coordinación entre el resto de actores que
configuran la Cooperación Española en su conjunto, y por tanto, se constituye en
agente facilitador de procesos y capacidades del sistema de cooperación internacional
para el desarrollo, ofreciendo sus capacidades, instrumentos y dispositivos para
canalizar recursos financieros, humanos y técnicos y articulando las contribuciones de
Cooperación Descentralizada que se establezcan en el ámbito de este Convenio en
programas cada vez más complejos, así como la posibilidad de acceder a un
seguimiento más profundo.
Que el V Plan Director de la Cooperación Española marca unos objetivos orientados
a contribuir a un modelo en el que los actores de la Cooperación Descentralizada tengan
un papel más activo en la definición estratégica de la Cooperación Española, se articulen
mejor entre sí y con la Administración General del Estado, y haya un empeño conjunto
para definir más claramente complementariedades y diferenciaciones, y así lograr una
división de trabajo estructurada que redunde en la eficacia del desarrollo y que la
coordinación entre actores continúe siendo uno de los ejes centrales de la política de
cooperación para el desarrollo.
Que en los últimos años se ha reforzado la coordinación entre la AECID y la
Cooperación Canaria, en particular en los países «cercanos» para Canarias del frente
occidental africano como Cabo Verde, Gambia, Guinea Bissau, Guinea Conakry,
Mauritania o Senegal.
Que, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Ley 4/2009,
de 24 de abril, Canaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo, establece, en su
artículo 2, que la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias
en materia de cooperación internacional para el desarrollo es expresión de la solidaridad
del pueblo canario con los pueblos empobrecidos del mundo y se rige, además entre
otros, por los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de
Cooperación Internacional para el Desarrollo. Asimismo, la Política de Cooperación de la
Comunidad de Canarias se enmarca dentro de los objetivos y prioridades fijados por la
Ley estatal.
Que Radio Ecca, Fundación Canaria, con facultad para suscribir el presente
Convenio según se recoge en el poder otorgado en Las Palmas de Gran Canaria con
fecha 11 de enero de 2021, ante el Notario de Las Palmas de Gran Canaria D. Jesús
Toledano García, con número de protocolo 27, se ha transformado en un instrumento
educativo básico para instituciones públicas y privadas nacionales e internacionales con
cve: BOE-A-2021-11430
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82059
Fundaciones Canarias. Con facultad para suscribir el presente Convenio según se
recoge en el poder otorgado en Las Palmas de Gran Canaria a 11 de enero de 2021,
ante el Notario de Las Palmas de Gran Canaria don Jesús Toledano García con número
de protocolo 27.
Los firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la
normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente Convenio y, a tal
efecto,
EXPONEN
Que la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el desarrollo,
establece que la política española de cooperación internacional para el desarrollo,
inspirada en la Constitución, expresa la solidaridad del pueblo español con los países en
desarrollo, particularmente, con los pueblos más desfavorecidos de otras naciones.
Asimismo, en su artículo 3 se dispone que la política de cooperación internacional
para el desarrollo es parte de la acción exterior del Estado y se basa en el principio de
unidad de acción del Estado en el exterior.
Que la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en
adelante, AECID) tiene atribuida la coordinación entre el resto de actores que
configuran la Cooperación Española en su conjunto, y por tanto, se constituye en
agente facilitador de procesos y capacidades del sistema de cooperación internacional
para el desarrollo, ofreciendo sus capacidades, instrumentos y dispositivos para
canalizar recursos financieros, humanos y técnicos y articulando las contribuciones de
Cooperación Descentralizada que se establezcan en el ámbito de este Convenio en
programas cada vez más complejos, así como la posibilidad de acceder a un
seguimiento más profundo.
Que el V Plan Director de la Cooperación Española marca unos objetivos orientados
a contribuir a un modelo en el que los actores de la Cooperación Descentralizada tengan
un papel más activo en la definición estratégica de la Cooperación Española, se articulen
mejor entre sí y con la Administración General del Estado, y haya un empeño conjunto
para definir más claramente complementariedades y diferenciaciones, y así lograr una
división de trabajo estructurada que redunde en la eficacia del desarrollo y que la
coordinación entre actores continúe siendo uno de los ejes centrales de la política de
cooperación para el desarrollo.
Que en los últimos años se ha reforzado la coordinación entre la AECID y la
Cooperación Canaria, en particular en los países «cercanos» para Canarias del frente
occidental africano como Cabo Verde, Gambia, Guinea Bissau, Guinea Conakry,
Mauritania o Senegal.
Que, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Ley 4/2009,
de 24 de abril, Canaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo, establece, en su
artículo 2, que la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias
en materia de cooperación internacional para el desarrollo es expresión de la solidaridad
del pueblo canario con los pueblos empobrecidos del mundo y se rige, además entre
otros, por los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de
Cooperación Internacional para el Desarrollo. Asimismo, la Política de Cooperación de la
Comunidad de Canarias se enmarca dentro de los objetivos y prioridades fijados por la
Ley estatal.
Que Radio Ecca, Fundación Canaria, con facultad para suscribir el presente
Convenio según se recoge en el poder otorgado en Las Palmas de Gran Canaria con
fecha 11 de enero de 2021, ante el Notario de Las Palmas de Gran Canaria D. Jesús
Toledano García, con número de protocolo 27, se ha transformado en un instrumento
educativo básico para instituciones públicas y privadas nacionales e internacionales con
cve: BOE-A-2021-11430
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163