III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-11452)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que publican las cuentas anuales del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, F.C.P.J., del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82286
13. ACONTECIMIENTOS POSTERIORES AL CIERRE
En el momento de formulación de las presentes cuentas anuales, España, como otros
muchos países, está inmersa en una situación crítica derivada de la infección originada
por el Coronavirus (COVID-19). La rápida expansión del brote a numerosos países de
todo el mundo, incluido España, llevó a que el 11 de marzo de 2020 la Organización
Mundial de la Salud declarara el brote de Coronavirus COVID-19 una pandemia
internacional, afectando actualmente a más de 150 países.
Los Gobiernos de la mayoría de los países afectados están tomando medidas
restrictivas para contener y mitigar la propagación de este virus que sin duda van a tener
repercusiones significativas en el escenario económico mundial y van a generar
incertidumbres significativas en la evolución futura de muchos negocios.
Asimismo, esta situación ha conllevado incertidumbres y consecuencias significativas,
no solo en el ámbito económico y financiero de las sociedades sino también en otros
ámbitos como el mercantil, laboral y fiscal. Por ello, en España, y para mitigar los
posibles impactos de esta crisis y su efecto en la actividad de este país, se han aprobado
diversas leyes para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
De acuerdo con el marco normativo de información financiera aplicable a la Sociedad, y
en relación con las cuentas anuales del ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2019,
las consecuencias derivadas del COVID-19 se consideran un hecho posterior que no
requiere un ajuste en las cuentas anuales del ejercicio 2019 al no poner de manifiesto
circunstancias que ya existían al cierre del ejercicio, sin perjuicio de que deban ser
objeto de información en la memoria en función de la importancia de las mismas.
A la fecha de formulación de estas cuentas anuales, los administradores han llevado a
cabo una evaluación de los hechos descritos y de su impacto sobre la Sociedad y sus
operaciones.
La entidad no ha tenido impactos significativos a la fecha de formulación, aunque se
prevén impactos en un futuro que podrían ser significativos. Por la actividad principal de
la sociedad aún no es factible precisar cuáles pueden ser las consecuencias para la
entidad en un futuro.
cve: BOE-A-2021-11452
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82286
13. ACONTECIMIENTOS POSTERIORES AL CIERRE
En el momento de formulación de las presentes cuentas anuales, España, como otros
muchos países, está inmersa en una situación crítica derivada de la infección originada
por el Coronavirus (COVID-19). La rápida expansión del brote a numerosos países de
todo el mundo, incluido España, llevó a que el 11 de marzo de 2020 la Organización
Mundial de la Salud declarara el brote de Coronavirus COVID-19 una pandemia
internacional, afectando actualmente a más de 150 países.
Los Gobiernos de la mayoría de los países afectados están tomando medidas
restrictivas para contener y mitigar la propagación de este virus que sin duda van a tener
repercusiones significativas en el escenario económico mundial y van a generar
incertidumbres significativas en la evolución futura de muchos negocios.
Asimismo, esta situación ha conllevado incertidumbres y consecuencias significativas,
no solo en el ámbito económico y financiero de las sociedades sino también en otros
ámbitos como el mercantil, laboral y fiscal. Por ello, en España, y para mitigar los
posibles impactos de esta crisis y su efecto en la actividad de este país, se han aprobado
diversas leyes para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
De acuerdo con el marco normativo de información financiera aplicable a la Sociedad, y
en relación con las cuentas anuales del ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2019,
las consecuencias derivadas del COVID-19 se consideran un hecho posterior que no
requiere un ajuste en las cuentas anuales del ejercicio 2019 al no poner de manifiesto
circunstancias que ya existían al cierre del ejercicio, sin perjuicio de que deban ser
objeto de información en la memoria en función de la importancia de las mismas.
A la fecha de formulación de estas cuentas anuales, los administradores han llevado a
cabo una evaluación de los hechos descritos y de su impacto sobre la Sociedad y sus
operaciones.
La entidad no ha tenido impactos significativos a la fecha de formulación, aunque se
prevén impactos en un futuro que podrían ser significativos. Por la actividad principal de
la sociedad aún no es factible precisar cuáles pueden ser las consecuencias para la
entidad en un futuro.
cve: BOE-A-2021-11452
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163