III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-11452)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que publican las cuentas anuales del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, F.C.P.J., del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82284
Durante el ejercicio 2019 no se han dotado nuevas provisiones.
10.2
Garantías y avales
El importe total de las garantías otorgadas por el fondo asciende a 155.019,88 euros.
Corresponden a las garantías otorgadas para las operaciones formalizadas al amparo
de la Línea ICO-IDAE EFICIENCIA ENERGÉTICA 2017-2018 de acuerdo al convenio
de colaboración entre el IDAE y el ICO, publicado en el B.O.E. núm. 311 de 23 de
diciembre de 2017.
Su detalle es el siguiente:
Beneficiario
CARNISSERIES BURGUES, S.L.
ANFIMA, S.L.
TOTAL
10.3
Importe
62.801,50
92.218,38
155.019,88
Contingencias
De acuerdo a la información suministrada por la Subdirección General de Recursos,
Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia del MITECO, la totalidad
de los recursos contenciosos administrativos interpuestos contra el deber de
contribución obligatoria al FNEE y su cuantía, tienen escasa posibilidad de éxito, por lo
que no se considera probable que de ellos se deriven obligaciones que supongan una
salida de recursos del Fondo.
En relación al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de la
Generalitat de Cataluña contra (entre otros) los artículos 72 y 73 de la Ley 18/2014,
donde se regula el Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE), y las competencias
atribuidas al IDAE para la gestión del Fondo, si bien la sentencia de 21 de junio de 2018,
concluye que la gestión centralizada por parte de IDAE del FNEE se considera acorde
a derecho, sin embargo pone de manifiesto que la concesión de subvenciones que den
aplicación a los recursos del FNEE, y se convoquen para el fomento de la eficiencia
energética deben territorializarse. Aunque no parece probable que dicha sentencia
afecte a las subvenciones ya otorgadas, se hace necesaria la territorialización de las
próximas convocatorias.
cve: BOE-A-2021-11452
Verificable en https://www.boe.es
La Generalitat de Cataluña ha interpuesto recursos contenciosos administrativos ante
distintos Juzgados Centrales Contenciosos Administrativos de Madrid contra las
resoluciones de IDAE que instrumentan las diversas líneas de ayudas correspondientes
a actuaciones de eficiencia energética aprobadas con cargo al Fondo.
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82284
Durante el ejercicio 2019 no se han dotado nuevas provisiones.
10.2
Garantías y avales
El importe total de las garantías otorgadas por el fondo asciende a 155.019,88 euros.
Corresponden a las garantías otorgadas para las operaciones formalizadas al amparo
de la Línea ICO-IDAE EFICIENCIA ENERGÉTICA 2017-2018 de acuerdo al convenio
de colaboración entre el IDAE y el ICO, publicado en el B.O.E. núm. 311 de 23 de
diciembre de 2017.
Su detalle es el siguiente:
Beneficiario
CARNISSERIES BURGUES, S.L.
ANFIMA, S.L.
TOTAL
10.3
Importe
62.801,50
92.218,38
155.019,88
Contingencias
De acuerdo a la información suministrada por la Subdirección General de Recursos,
Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia del MITECO, la totalidad
de los recursos contenciosos administrativos interpuestos contra el deber de
contribución obligatoria al FNEE y su cuantía, tienen escasa posibilidad de éxito, por lo
que no se considera probable que de ellos se deriven obligaciones que supongan una
salida de recursos del Fondo.
En relación al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de la
Generalitat de Cataluña contra (entre otros) los artículos 72 y 73 de la Ley 18/2014,
donde se regula el Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE), y las competencias
atribuidas al IDAE para la gestión del Fondo, si bien la sentencia de 21 de junio de 2018,
concluye que la gestión centralizada por parte de IDAE del FNEE se considera acorde
a derecho, sin embargo pone de manifiesto que la concesión de subvenciones que den
aplicación a los recursos del FNEE, y se convoquen para el fomento de la eficiencia
energética deben territorializarse. Aunque no parece probable que dicha sentencia
afecte a las subvenciones ya otorgadas, se hace necesaria la territorialización de las
próximas convocatorias.
cve: BOE-A-2021-11452
Verificable en https://www.boe.es
La Generalitat de Cataluña ha interpuesto recursos contenciosos administrativos ante
distintos Juzgados Centrales Contenciosos Administrativos de Madrid contra las
resoluciones de IDAE que instrumentan las diversas líneas de ayudas correspondientes
a actuaciones de eficiencia energética aprobadas con cargo al Fondo.