III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-11452)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que publican las cuentas anuales del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, F.C.P.J., del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82271
4. MECANISMOS DE APOYO ECONÓMICO Y FINANCIERO
Como parte de su actividad principal, el Fondo ha desarrollado diferentes mecanismos
de apoyo económico y financiero con el fin de aumentar la eficiencia energética en
diferentes sectores, de forma que contribuyan a alcanzar el objetivo de ahorro
energético nacional que establece el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia
Energética previsto en el artículo 7 Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 25 de octubre de 2012.
Los distintos programas de ayuda convocados con cargo al Fondo revisten la forma de
entrega dineraria sin contraprestación, préstamo reembolsable o ambas, siempre
condicionadas a la realización de las actuaciones incentivadas.
(i) Entregas dinerarias sin contraprestación (ayuda directa):
Se registrarán dentro de los gastos de la actividad ordinaria en el epígrafe
“Subvenciones concedidas” en el momento en que se tenga constancia de que
se han cumplido las condiciones establecidas para su concesión.
Cuando al cierre del ejercicio esté pendiente de cumplimiento algunas de las
condiciones, pero no existan dudas razonables sobre su futuro cumplimiento, se
dotará una provisión con la finalidad de reflejar el gasto.
Desde su creación hasta el año 2018, los programas de ayudas han sido
gestionados directamente por el Fondo.
A partir del ejercicio 2019 las convocatorias de ayudas se han territorializado,
estableciéndose un modelo para la concesión de las ayudas basado en la
colaboración de las comunidades autónomas, en estas convocatorias se
elaboran las normas reguladoras para la concesión de ayudas, otorgándose
directamente a las comunidades autónomas que elaboran sus propias
convocatorias de ayudas, desarrollan su tramitación y efectuar la gestión de los
fondos, En estos casos, el gasto se registra contablemente dentro de los gastos
de actividad ordinaria en el epígrafe “subvenciones concedidas” en el momento
en el que las comunidades autónomas aceptan la ayuda.
(ii) Préstamos reembolsables: Se registrarán en el momento de su formalización. La
aprobación de la financiación no supone el registro de la operación.
(iii) Garantías: No se registran contablemente.
A 31 de diciembre de 2019, se han registrado “Subvenciones concedidas” derivadas de
ayudas dinerarias sin contraprestación por importe de 37.418.989,53 euros.
El importe correspondiente a los préstamos formalizados durante el ejercicio 2019 es de
73.201.397,84 € euros.
cve: BOE-A-2021-11452
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 82271
4. MECANISMOS DE APOYO ECONÓMICO Y FINANCIERO
Como parte de su actividad principal, el Fondo ha desarrollado diferentes mecanismos
de apoyo económico y financiero con el fin de aumentar la eficiencia energética en
diferentes sectores, de forma que contribuyan a alcanzar el objetivo de ahorro
energético nacional que establece el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia
Energética previsto en el artículo 7 Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 25 de octubre de 2012.
Los distintos programas de ayuda convocados con cargo al Fondo revisten la forma de
entrega dineraria sin contraprestación, préstamo reembolsable o ambas, siempre
condicionadas a la realización de las actuaciones incentivadas.
(i) Entregas dinerarias sin contraprestación (ayuda directa):
Se registrarán dentro de los gastos de la actividad ordinaria en el epígrafe
“Subvenciones concedidas” en el momento en que se tenga constancia de que
se han cumplido las condiciones establecidas para su concesión.
Cuando al cierre del ejercicio esté pendiente de cumplimiento algunas de las
condiciones, pero no existan dudas razonables sobre su futuro cumplimiento, se
dotará una provisión con la finalidad de reflejar el gasto.
Desde su creación hasta el año 2018, los programas de ayudas han sido
gestionados directamente por el Fondo.
A partir del ejercicio 2019 las convocatorias de ayudas se han territorializado,
estableciéndose un modelo para la concesión de las ayudas basado en la
colaboración de las comunidades autónomas, en estas convocatorias se
elaboran las normas reguladoras para la concesión de ayudas, otorgándose
directamente a las comunidades autónomas que elaboran sus propias
convocatorias de ayudas, desarrollan su tramitación y efectuar la gestión de los
fondos, En estos casos, el gasto se registra contablemente dentro de los gastos
de actividad ordinaria en el epígrafe “subvenciones concedidas” en el momento
en el que las comunidades autónomas aceptan la ayuda.
(ii) Préstamos reembolsables: Se registrarán en el momento de su formalización. La
aprobación de la financiación no supone el registro de la operación.
(iii) Garantías: No se registran contablemente.
A 31 de diciembre de 2019, se han registrado “Subvenciones concedidas” derivadas de
ayudas dinerarias sin contraprestación por importe de 37.418.989,53 euros.
El importe correspondiente a los préstamos formalizados durante el ejercicio 2019 es de
73.201.397,84 € euros.
cve: BOE-A-2021-11452
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163