I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Igualdad de género. (BOE-A-2021-11382)
Ley 2/2021, de 7 de junio, de igualdad social y no discriminación por razón de identidad de género, expresión de género y características sexuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 81817
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
11382
Ley 2/2021, de 7 de junio, de igualdad social y no discriminación por razón de
identidad de género, expresión de género y características sexuales.
Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Parlamento de Canarias ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 47.1 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 2/2021,
de 7 de junio, de igualdad social y no discriminación por razón de identidad de género,
expresión de género y características sexuales.
ÍNDICE
Preámbulo.
Título preliminar.
Artículo 1.
Artículo 2.
Artículo 3.
Artículo 4.
Artículo 5.
Artículo 6.
Disposiciones generales.
Objeto de la ley.
Definiciones.
Ámbito de aplicación y garantía de cumplimiento.
Principios rectores y derechos reconocidos.
Reconocimiento y apoyo institucional.
Menores trans e intersexuales.
Título I. Tratamiento administrativo y medidas generales relativas a la identidad y
expresión de género, así como de las características sexuales.
Capítulo I. Tratamiento administrativo de la identidad y expresión de género, así
como de las características sexuales.
Artículo 7. Documentación administrativa acorde a la identidad de género.
Artículo 8. Servicios de asesoramiento y apoyo a las personas trans e
intersexuales, sus familiares y personas allegadas.
Artículo 9. Confidencialidad y respeto a la privacidad.
Artículo 10. Principios de la actuación administrativa.
Artículo 11. Contratación administrativa y subvenciones.
Artículo 12. Formación del personal de las administraciones públicas.
Artículo 13. Evaluación de impacto normativo sobre la identidad y expresión de
género o las características sexuales.
Artículo 14. Medidas frente al daño moral por discriminación y resarcimiento.
Artículo 15. Derecho a una protección integral, real y efectiva.
Artículo 16. Concepto de persona interesada en el procedimiento administrativo.
Artículo 17. Inversión de la carga de la prueba.
Artículo 18. Medidas generales contra la transfobia e intersexfobia.
Artículo 19. Derecho de admisión.
Título II. Atención sanitaria a las personas trans e intersexuales.
Capítulo I.
Sobre los derechos y alcance de la atención sanitaria.
cve: BOE-A-2021-11382
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo II. Medidas generales relativas a la identidad y expresión de género, así
como las características sexuales.
Núm. 163
Viernes 9 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 81817
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
11382
Ley 2/2021, de 7 de junio, de igualdad social y no discriminación por razón de
identidad de género, expresión de género y características sexuales.
Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Parlamento de Canarias ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 47.1 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 2/2021,
de 7 de junio, de igualdad social y no discriminación por razón de identidad de género,
expresión de género y características sexuales.
ÍNDICE
Preámbulo.
Título preliminar.
Artículo 1.
Artículo 2.
Artículo 3.
Artículo 4.
Artículo 5.
Artículo 6.
Disposiciones generales.
Objeto de la ley.
Definiciones.
Ámbito de aplicación y garantía de cumplimiento.
Principios rectores y derechos reconocidos.
Reconocimiento y apoyo institucional.
Menores trans e intersexuales.
Título I. Tratamiento administrativo y medidas generales relativas a la identidad y
expresión de género, así como de las características sexuales.
Capítulo I. Tratamiento administrativo de la identidad y expresión de género, así
como de las características sexuales.
Artículo 7. Documentación administrativa acorde a la identidad de género.
Artículo 8. Servicios de asesoramiento y apoyo a las personas trans e
intersexuales, sus familiares y personas allegadas.
Artículo 9. Confidencialidad y respeto a la privacidad.
Artículo 10. Principios de la actuación administrativa.
Artículo 11. Contratación administrativa y subvenciones.
Artículo 12. Formación del personal de las administraciones públicas.
Artículo 13. Evaluación de impacto normativo sobre la identidad y expresión de
género o las características sexuales.
Artículo 14. Medidas frente al daño moral por discriminación y resarcimiento.
Artículo 15. Derecho a una protección integral, real y efectiva.
Artículo 16. Concepto de persona interesada en el procedimiento administrativo.
Artículo 17. Inversión de la carga de la prueba.
Artículo 18. Medidas generales contra la transfobia e intersexfobia.
Artículo 19. Derecho de admisión.
Título II. Atención sanitaria a las personas trans e intersexuales.
Capítulo I.
Sobre los derechos y alcance de la atención sanitaria.
cve: BOE-A-2021-11382
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo II. Medidas generales relativas a la identidad y expresión de género, así
como las características sexuales.