II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-11324)
Resolución de 29 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 81460

Las instancias se presentarán a través del portal Funciona (Recursos Humanos, Mis
Servicios de RR.HH.), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado
electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base.
También pueden enviarse a través del Registro Electrónico General de la
Administración General del Estado: https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/
ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html, dirigida a la Unidad Agencia
Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, del Ministerio de Sanidad.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia solo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
En el caso de que la persona concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo
a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de personal del Ministerio u
Organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no
resultara posible por causas técnicas o de otra índole, esta Unidad de personal informará
a la persona concursante que la instancia la puede presentar cumplimentando el anexo II
que aparece publicado en la página web: https://www.aemps.gob.es/laAEMPS/
trabajeAEMPS/empleoPublico/personalFuncionario/concursoProvision/home.htm
y
dirigirlo a dicha Unidad de personal, la cual asumirá la tramitación de la solicitud. En todo
caso, se garantiza el derecho de las personas concursantes a presentar su solicitud de
participación en el concurso.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentren en situaciones distintas a la de
servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que
no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter
excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La forma de presentación no telemática será admitida en los casos expresamente
previstos en esta base. En ningún caso, podrá presentarse de forma no electrónica una
solicitud complementaria de una solicitud electrónica.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II: Solicitud de participación.
– Anexo III: Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal.
– Anexo IV: Certificado de méritos alegados.
– Anexo V: Consentimiento del familiar dependiente para realizar consultas al
Sistema de Verificación de Datos de Residencia (conciliación por cuidado familiar).
– Anexo VI: Consentimiento y modelo de información básico y adicional para la
obtención de datos y consulta de información.
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad podrán pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se
deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que
acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las
funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con
el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en
cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,

cve: BOE-A-2021-11324
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Núm. 162