III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2021-11292)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Cáceres y el Instituto Nacional de la Seguridad Social de Cáceres, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Miércoles 7 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 80776
Décima. Modificación del convenio.
El contenido de este convenio, únicamente podrá modificarse por acuerdo unánime
de las partes firmantes, que se formalizará mediante adenda modificativa.
Undécima.
Extinción del convenio.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
este convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:
Por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
Por incurrir en causa de resolución. Siendo causa de resolución las siguientes:
El transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
El acuerdo unánime de todos los firmantes.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Por cualquier otra causa distinta de las anteriores que esté prevista en otras leyes.
Duodécima.
Vigencia.
El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el
«Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, aplicable desde la fecha indicada en el acta que suscriban
las partes de entregas de superficies del inmueble objeto del mismo, cuya firma tendrá
lugar una vez producidas dicha inscripción y publicación.
El presente convenio tiene una vigencia de cuatro años, prorrogables por otros
cuatro adicionales de mutuo acuerdo, si bien podrá ser denunciado en cualquier
momento antes de su finalización por cualquiera de las Entidades que lo suscriben.
En prueba de conformidad, y previa fiscalización favorable de las Intervenciones
Delegadas competentes, firman este convenio en el lugar y fecha indicados en el
encabezado.
El Director General, P. D., la Directora Provincial de la TGSS (Resolución de D.G. de
la TGSS de 27 de noviembre de 2020, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de diciembre de
2020), M.ª Alexandra Díaz Mordillo.–La Directora General, P. D., la Directora Provincial
del INSS (Autorización expresa para este acto de 18 de mayo de 2021), M.ª Alexandra
Díaz Mordillo.
ANEXO I
Número de IGBISS: 10/0001.
Denominación del inmueble: Edificio sede conjunta de las Direcciones Provinciales
de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Nacional de la Seguridad
Social de Cáceres.
Ubicación: Avda. de España, n.º 14, 10001 Cáceres.
Entidades ocupantes del inmueble y, en su caso, título de ocupación: Dirección
Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social y Dirección Provincial del
Instituto Nacional de la Seguridad Social, ambas de Cáceres.
cve: BOE-A-2021-11292
Verificable en https://www.boe.es
Inmueble compartido objeto del convenio
Núm. 161
Miércoles 7 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 80776
Décima. Modificación del convenio.
El contenido de este convenio, únicamente podrá modificarse por acuerdo unánime
de las partes firmantes, que se formalizará mediante adenda modificativa.
Undécima.
Extinción del convenio.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
este convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:
Por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
Por incurrir en causa de resolución. Siendo causa de resolución las siguientes:
El transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
El acuerdo unánime de todos los firmantes.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Por cualquier otra causa distinta de las anteriores que esté prevista en otras leyes.
Duodécima.
Vigencia.
El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el
«Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, aplicable desde la fecha indicada en el acta que suscriban
las partes de entregas de superficies del inmueble objeto del mismo, cuya firma tendrá
lugar una vez producidas dicha inscripción y publicación.
El presente convenio tiene una vigencia de cuatro años, prorrogables por otros
cuatro adicionales de mutuo acuerdo, si bien podrá ser denunciado en cualquier
momento antes de su finalización por cualquiera de las Entidades que lo suscriben.
En prueba de conformidad, y previa fiscalización favorable de las Intervenciones
Delegadas competentes, firman este convenio en el lugar y fecha indicados en el
encabezado.
El Director General, P. D., la Directora Provincial de la TGSS (Resolución de D.G. de
la TGSS de 27 de noviembre de 2020, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de diciembre de
2020), M.ª Alexandra Díaz Mordillo.–La Directora General, P. D., la Directora Provincial
del INSS (Autorización expresa para este acto de 18 de mayo de 2021), M.ª Alexandra
Díaz Mordillo.
ANEXO I
Número de IGBISS: 10/0001.
Denominación del inmueble: Edificio sede conjunta de las Direcciones Provinciales
de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Nacional de la Seguridad
Social de Cáceres.
Ubicación: Avda. de España, n.º 14, 10001 Cáceres.
Entidades ocupantes del inmueble y, en su caso, título de ocupación: Dirección
Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social y Dirección Provincial del
Instituto Nacional de la Seguridad Social, ambas de Cáceres.
cve: BOE-A-2021-11292
Verificable en https://www.boe.es
Inmueble compartido objeto del convenio