I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-11235)
Aplicación Provisional del Protocolo al Convenio relativo a la Construcción y Explotación de una Instalación Europea de Láser de Electrones Libres de Rayos X relativo a la Adhesión del Gobierno del Reino de España, hecho en Berlín el 6 de octubre de 2011.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Miércoles 7 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 80410
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Nombre,
«PARTICIPACIÓN».
domicilio
social,
ejercicio
financiero,
definición
de
(1) La Sociedad se constituye como Sociedad de Responsabilidad Limitada
(Gesellschaft mit beschränkter Haftung – GmbH) con el nombre de «European X-Ray
Free-Electron Laser Facility GmbH» (European XFEL GmbH).
(2) La Sociedad tendrá su domicilio social en Hamburgo (República Federal de
Alemania).
(3) El ejercicio financiero se ajustará al año natural. El primer año de actividad será
un ejercicio corto que terminará el 31 de diciembre de dicho año.
(4) De aquí en adelante, la palabra «PARTICIPACIÓN» (en letras mayúsculas)
(«Geschäftsanteil» en el sentido de la GmbHG) significará una fracción de la Sociedad
que un Socio adquiere al haber efectuado su depósito principal («Stammeinlage» en el
sentido de la GmbHG). El importe de la PARTICIPACIÓN será proporcional a la
correspondiente fracción del capital social (véase el Artículo 5) suscrita por el Socio.
Artículo 2. Relación con DESY.
La Sociedad y DESY (Hamburgo) colaborarán en la construcción, puesta en
funcionamiento y explotación del XFEL sobre la base de un acuerdo a largo plazo.
Artículo 3. Objetivos.
a) diseñar, construir, explotar y desarrollar una fuente de Láser de Electrones Libres
basada en un acelerador lineal así como la instrumentación asociada a la misma
(denominada en lo sucesivo «la Instalación XFEL Europeo»), para la realización de
investigaciones científicas;
b) apoyar el uso de las instalaciones de la Sociedad, poniendo estaciones
experimentales a disposición de las comunidades científicas;
c) elaborar y aplicar programas de investigación científica que conlleven la
utilización de la Instalación XFEL Europeo;
d) realizar cuantos trabajos de investigación y desarrollo sean necesarios con
relación al acelerador, al proceso del Láser de Electrones Libres y a las técnicas
experimentales;
e) garantizar que los nuevos métodos y tecnologías de la Sociedad estén siempre a
disposición de aquellas entidades de los países de las Partes Contratantes que estén
interesadas;
f) favorecer la divulgación entre el público en general y la transferencia de
conocimientos.
Artículo 4.
Carácter no lucrativo.
(1) La Sociedad actuará sin ánimo de lucro; no perseguirá primordialmente sus
propios intereses económicos.
(2) Los fondos y recursos de la Sociedad se utilizarán exclusivamente para
alcanzar los objetivos estipulados en el Artículo 3. Los Socios no tendrán participaciones
cve: BOE-A-2021-11235
Verificable en https://www.boe.es
La Sociedad perseguirá, exclusiva y directamente, objetivos no lucrativos en el
ámbito de la ciencia y de la investigación, en el sentido de la sección «Objetivos que
permiten beneficiarse de reducciones fiscales» («Steuerbegünstigte Zwecke») del
Código Fiscal alemán (Abgabenordnung – AO). Los objetivos de la Sociedad serán los
siguientes:
Núm. 161
Miércoles 7 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 80410
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Nombre,
«PARTICIPACIÓN».
domicilio
social,
ejercicio
financiero,
definición
de
(1) La Sociedad se constituye como Sociedad de Responsabilidad Limitada
(Gesellschaft mit beschränkter Haftung – GmbH) con el nombre de «European X-Ray
Free-Electron Laser Facility GmbH» (European XFEL GmbH).
(2) La Sociedad tendrá su domicilio social en Hamburgo (República Federal de
Alemania).
(3) El ejercicio financiero se ajustará al año natural. El primer año de actividad será
un ejercicio corto que terminará el 31 de diciembre de dicho año.
(4) De aquí en adelante, la palabra «PARTICIPACIÓN» (en letras mayúsculas)
(«Geschäftsanteil» en el sentido de la GmbHG) significará una fracción de la Sociedad
que un Socio adquiere al haber efectuado su depósito principal («Stammeinlage» en el
sentido de la GmbHG). El importe de la PARTICIPACIÓN será proporcional a la
correspondiente fracción del capital social (véase el Artículo 5) suscrita por el Socio.
Artículo 2. Relación con DESY.
La Sociedad y DESY (Hamburgo) colaborarán en la construcción, puesta en
funcionamiento y explotación del XFEL sobre la base de un acuerdo a largo plazo.
Artículo 3. Objetivos.
a) diseñar, construir, explotar y desarrollar una fuente de Láser de Electrones Libres
basada en un acelerador lineal así como la instrumentación asociada a la misma
(denominada en lo sucesivo «la Instalación XFEL Europeo»), para la realización de
investigaciones científicas;
b) apoyar el uso de las instalaciones de la Sociedad, poniendo estaciones
experimentales a disposición de las comunidades científicas;
c) elaborar y aplicar programas de investigación científica que conlleven la
utilización de la Instalación XFEL Europeo;
d) realizar cuantos trabajos de investigación y desarrollo sean necesarios con
relación al acelerador, al proceso del Láser de Electrones Libres y a las técnicas
experimentales;
e) garantizar que los nuevos métodos y tecnologías de la Sociedad estén siempre a
disposición de aquellas entidades de los países de las Partes Contratantes que estén
interesadas;
f) favorecer la divulgación entre el público en general y la transferencia de
conocimientos.
Artículo 4.
Carácter no lucrativo.
(1) La Sociedad actuará sin ánimo de lucro; no perseguirá primordialmente sus
propios intereses económicos.
(2) Los fondos y recursos de la Sociedad se utilizarán exclusivamente para
alcanzar los objetivos estipulados en el Artículo 3. Los Socios no tendrán participaciones
cve: BOE-A-2021-11235
Verificable en https://www.boe.es
La Sociedad perseguirá, exclusiva y directamente, objetivos no lucrativos en el
ámbito de la ciencia y de la investigación, en el sentido de la sección «Objetivos que
permiten beneficiarse de reducciones fiscales» («Steuerbegünstigte Zwecke») del
Código Fiscal alemán (Abgabenordnung – AO). Los objetivos de la Sociedad serán los
siguientes: