II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo A2. (BOE-A-2021-11258)
Acuerdo de 1 de julio de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para proveer puesto de trabajo en la Gerencia del Consejo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 80546

Francisco Javier del Burgo Pradillo, jefe de unidad de la Escuela Judicial.
Un/a funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al de los puestos convocado, que será designado por el secretario
general a propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el
apartado «Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
Secretario: José Luis Talavera Ramírez de Arellano, Jefe de la Unidad de
Administración de Personal de la Gerencia.
Actuarán, en su caso, como suplentes:
Presidente: Javier Fernández Corredor Sánchez-Diezma, Director del Servicio de
Personal y Oficina Judicial.
Vocales:
Sagrario Esteban Navarro, Adjunta a la unidad de Gestión Presupuestaria y
Contabilidad.
Angel Javier Fresneda Heredero, Jefe de Unidad de la Escuela Judicial.
Un/a funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al del puesto convocado, que será designado por el secretario general a
propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el apartado
«Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
Secretario: José Manuel Barrero Maján, Jefe de la Unidad de Asuntos Generales y
Contratación, de la Gerencia.
3. La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se
regirá por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
4. La Comisión valorará en primer lugar los méritos generales de los aspirantes y
solo evaluará los méritos específicos de los que superen la puntuación mínima exigida
en la primera fase. La puntuación de los méritos específicos, tendrá carácter provisional.
5. Para la comprobación y el contraste de los méritos específicos alegados, la
comisión de valoración convocará a una entrevista personal y si lo estima oportuno
realizará una prueba de verificación de los conocimientos de las materias contempladas
en los méritos específicos de los puestos a aquellos aspirantes, que habiendo superado
la segunda fase, hayan obtenido mayor puntuación en la suma de las dos fases, no
pudiendo convocar a menos de cinco aspirantes, salvo que el número de candidatos que
hubieran superado la puntuación mínima exigida en la segunda fase fuera inferior, en
cuyo caso se convocará a todos ellos.
6. La convocatoria para la realización de las entrevistas y prueba se notificará a la
dirección de correo electrónico que los aspirantes indiquen en su solicitud de
participación y se publicará en la página web del Consejo General del Poder Judicial, en
el apartado «Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es
7. Realizada la entrevista, la puntuación de los méritos específicos se elevará a
definitiva con las correcciones que resulten adecuadas conforme a la comprobación y
contraste de la realidad de los méritos acreditados.
8. La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan
plantearse en la interpretación y aplicación de estas normas.
Quinta. Resolución del concurso.
1. El orden de prioridad para la adjudicación del puesto, que requerirá en todo caso
la superación de las puntuaciones mínimas señaladas en la norma segunda, vendrá
dado por la puntuación total obtenida en las dos fases. En caso de empate en la
puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la otorgada en los méritos específicos. Si el

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Núm. 161