III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-11221)
Resolución de 28 de junio de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Vallés & Patiño, SC, para la organización conjunta de la coproducción del espectáculo teatral "Inloca".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Martes 6 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 80301
Con cargo a las aplicaciones presupuestarias:
18.107.335B.280.10.
18.107.335B.280.12.
18.107.335B.280.13.
18.107.335B.280.14.
18.107.335B.280.32.
La EMPRESA correrá hasta un máximo de 34.500 € IVA incluido, con los siguientes
gastos:
– Gastos de preproducción y realización de talleres previos.
– Contratación de la ayudante de dirección en periodo de ensayos.
– Gastos de viajes y alojamiento de actores y equipo artístico en periodo de
ensayos.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta.
Contratos derivados del presente convenio.
Cuando los contratos que deban celebrarse para la ejecución del presente convenio
sean suscritos por entidades del sector público, se tramitarán de conformidad con la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Quinta.
Distribución de ingresos.
En las representaciones en el Centro Dramático Nacional (Teatro María Guerrero de
Madrid), el INAEM ingresará el 100 % de la recaudación de taquilla correspondiente,
siendo el responsable de las liquidaciones con la sociedad de gestión que corresponda.
El precio de las entradas será el establecido y aprobado oficialmente por el INAEM.
Durante las representaciones en el Teatro María Guerrero de Madrid, la EMPRESA
contará con diez localidades para el día del estreno y dos localidades para cada una de
las representaciones restantes.
Sexta. Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de ambos
eventos.
En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente convenio
habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
Gira.
– Por acuerdo entre las partes, la EMPRESA se encargará de la distribución y
gestión de la posible gira de Inloca, corriendo con todos los gastos inherentes a la
misma.
– La EMPRESA facilitará al INAEM (Centro Dramático Nacional) con la debida
antelación, el correspondiente calendario, con indicación de las ciudades, fechas y
número de representaciones.
– En gira el INAEM (Centro Dramático Nacional) tendrá derecho a 2 localidades
diarias de buena visibilidad.
– La EMPRESA será responsable, asumiendo el gasto correspondiente, de todo lo
relacionado con la promoción de la gira, empleando los diseños originales. En el caso de
cve: BOE-A-2021-11221
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 160
Martes 6 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 80301
Con cargo a las aplicaciones presupuestarias:
18.107.335B.280.10.
18.107.335B.280.12.
18.107.335B.280.13.
18.107.335B.280.14.
18.107.335B.280.32.
La EMPRESA correrá hasta un máximo de 34.500 € IVA incluido, con los siguientes
gastos:
– Gastos de preproducción y realización de talleres previos.
– Contratación de la ayudante de dirección en periodo de ensayos.
– Gastos de viajes y alojamiento de actores y equipo artístico en periodo de
ensayos.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta.
Contratos derivados del presente convenio.
Cuando los contratos que deban celebrarse para la ejecución del presente convenio
sean suscritos por entidades del sector público, se tramitarán de conformidad con la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Quinta.
Distribución de ingresos.
En las representaciones en el Centro Dramático Nacional (Teatro María Guerrero de
Madrid), el INAEM ingresará el 100 % de la recaudación de taquilla correspondiente,
siendo el responsable de las liquidaciones con la sociedad de gestión que corresponda.
El precio de las entradas será el establecido y aprobado oficialmente por el INAEM.
Durante las representaciones en el Teatro María Guerrero de Madrid, la EMPRESA
contará con diez localidades para el día del estreno y dos localidades para cada una de
las representaciones restantes.
Sexta. Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de ambos
eventos.
En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente convenio
habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
Gira.
– Por acuerdo entre las partes, la EMPRESA se encargará de la distribución y
gestión de la posible gira de Inloca, corriendo con todos los gastos inherentes a la
misma.
– La EMPRESA facilitará al INAEM (Centro Dramático Nacional) con la debida
antelación, el correspondiente calendario, con indicación de las ciudades, fechas y
número de representaciones.
– En gira el INAEM (Centro Dramático Nacional) tendrá derecho a 2 localidades
diarias de buena visibilidad.
– La EMPRESA será responsable, asumiendo el gasto correspondiente, de todo lo
relacionado con la promoción de la gira, empleando los diseños originales. En el caso de
cve: BOE-A-2021-11221
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.