III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-11214)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica el Convenio con la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el desarrollo de la línea de préstamos participativos establecida en la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Martes 6 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 80238
– Empresas a las que ENISA conceda financiación, de forma directa, por un principal
vivo que, en su conjunto, sea superior a 300.000 €, quedando excluidas las refinanciaciones.
– Empresas que legalmente estén obligadas a auditar las cuentas.
8. Régimen de aprobación de las inversiones
La aprobación de inversiones se realiza en función del importe concedido de acuerdo
con la siguiente distribución:
Importe financiación
Órgano decisorio
≤ 300.000 €
Comité de Inversiones.
> 300.000 €
Consejo de Administración.
9.
Límites y diversificación de las inversiones
Las inversiones se realizarán atendiendo a los siguientes límites:
– Global. El límite máximo por cliente no superará el 1.500.000 euros, incluyendo
tanto el riesgo directo como el indirecto y computándolo a nivel de grupo de empresas, a
excepción de los formados por sociedades de capital riesgo, Business Angels o
inversores institucionales.
– Territorial. ENISA solo podrá conceder financiación a sociedades domiciliadas en
territorio nacional.
– Sectorial. ENISA podrá conceder financiación a empresas de todos los sectores
económicos a excepción del sector financiero e inmobiliario.
ANEXO II
Manual de Procedimiento de Concesión y Control de Préstamos Participativos
Índice
1. Consideraciones generales.
2. Características de la financiación de ENISA.
3. Procesos de admisión y análisis de solicitudes de Préstamos Participativos para
la financiación de proyectos empresariales.
4. Firma de Préstamos Participativos.
5. Determinación de intereses, amortizaciones y comisiones.
6. Pago de intereses y comisiones.
7. Seguimiento de los préstamos participativos concedidos.
8. Liquidación préstamo.
Consideraciones generales
La actividad inversora de ENISA, dentro de los objetivos fijados por la Dirección
General de Industria y PYME, consiste en proporcionar a las pequeñas y medianas
empresas instrumentos y fórmulas de financiación a largo plazo, que les permitan
reforzar sus estructuras financieras.
Dicha actividad tiene como principal objetivo, fomentar la creación, crecimiento y
consolidación de la empresa española, participando activamente en la financiación de
proyectos empresariales viables e innovadores.
Esta actividad inversora se realiza con criterios de política pública y de sostenibilidad
financiera de la empresa.
cve: BOE-A-2021-11214
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 160
Martes 6 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 80238
– Empresas a las que ENISA conceda financiación, de forma directa, por un principal
vivo que, en su conjunto, sea superior a 300.000 €, quedando excluidas las refinanciaciones.
– Empresas que legalmente estén obligadas a auditar las cuentas.
8. Régimen de aprobación de las inversiones
La aprobación de inversiones se realiza en función del importe concedido de acuerdo
con la siguiente distribución:
Importe financiación
Órgano decisorio
≤ 300.000 €
Comité de Inversiones.
> 300.000 €
Consejo de Administración.
9.
Límites y diversificación de las inversiones
Las inversiones se realizarán atendiendo a los siguientes límites:
– Global. El límite máximo por cliente no superará el 1.500.000 euros, incluyendo
tanto el riesgo directo como el indirecto y computándolo a nivel de grupo de empresas, a
excepción de los formados por sociedades de capital riesgo, Business Angels o
inversores institucionales.
– Territorial. ENISA solo podrá conceder financiación a sociedades domiciliadas en
territorio nacional.
– Sectorial. ENISA podrá conceder financiación a empresas de todos los sectores
económicos a excepción del sector financiero e inmobiliario.
ANEXO II
Manual de Procedimiento de Concesión y Control de Préstamos Participativos
Índice
1. Consideraciones generales.
2. Características de la financiación de ENISA.
3. Procesos de admisión y análisis de solicitudes de Préstamos Participativos para
la financiación de proyectos empresariales.
4. Firma de Préstamos Participativos.
5. Determinación de intereses, amortizaciones y comisiones.
6. Pago de intereses y comisiones.
7. Seguimiento de los préstamos participativos concedidos.
8. Liquidación préstamo.
Consideraciones generales
La actividad inversora de ENISA, dentro de los objetivos fijados por la Dirección
General de Industria y PYME, consiste en proporcionar a las pequeñas y medianas
empresas instrumentos y fórmulas de financiación a largo plazo, que les permitan
reforzar sus estructuras financieras.
Dicha actividad tiene como principal objetivo, fomentar la creación, crecimiento y
consolidación de la empresa española, participando activamente en la financiación de
proyectos empresariales viables e innovadores.
Esta actividad inversora se realiza con criterios de política pública y de sostenibilidad
financiera de la empresa.
cve: BOE-A-2021-11214
Verificable en https://www.boe.es
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