III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-11131)
Resolución 420/38250/2021, de 24 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Fundación Bancaria La Caixa y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", para el desarrollo de programa de becas postdoctorado Junior Leader, para la realización de un proyecto de investigación en universidades y centros de investigación españoles o portugueses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Lunes 5 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 79788

entidades firmantes en relación con el desarrollo del programa de becas de
posdoctorado Junior Leader para la realización de un proyecto de investigación en
Universidades y Centros de investigación españoles o portugueses. (En adelante, el
«Convenio»).
II. Que las partes están interesadas en modificar el segundo apartado de la
cláusula Cuarta 1. a) «Costes del proyecto de investigación del Convenio», que
establece la excepción de permitir la contratación de personal con la partida asignada
para costes de investigación hasta 6 meses después de la finalización de la beca, con la
aprobación de la Fundación «La Caixa» con el fin de limitar la mencionada extensión.
Por todo ello, las partes acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Modificación del segundo apartado de la cláusula Cuarta 1. a).

Las partes acuerdan modificar el segundo apartado de la cláusula Cuarta 1.a) del
Convenio suscrito entre la Fundación «La Caixa» e INTA de la forma que se establece a
continuación:
– Costes del proyecto de investigación de 38.500 euros como máximo, donde se
incluyen y que se destinará, entre otros a los siguientes conceptos:
i. la adquisición y mantenimiento de equipamiento científico (únicamente en las
anualidades 1 y 2) y material fungible.
ii. gastos de viajes y dietas, gastos de inscripción en congresos, seminarios y
conferencias de carácter científico.
iii. costes de gestión de derechos de propiedad industrial e intelectual relacionados
con el proyecto, costes de patentes.
iv. costes de personal dedicado exclusivamente al proyecto de investigación del
beneficiario financiado. Los costes de personal requieren aprobación previa de la
Fundación Bancaria «La Caixa» y tienen que cumplir con los siguientes requisitos de
cuantía, finalidad y gestión.

v. Gastos relacionados con la estancia de investigación obligatoria.
vi. otros gastos directamente relacionados con la ejecución del proyecto de
investigación.
Esta dotación será gestionada por el INTA a beneficio del propio beneficiario y
deberá ser justificada de manera independiente.

cve: BOE-A-2021-11131
Verificable en https://www.boe.es

1. Cuantía: El coste de Personal no podrá superar el máximo anual de la partida
costes de investigación que se haya concretado en el contrato.
2. Finalidad: La finalidad de la contratación de Personal con dichos costes debe
responder exclusivamente a las necesidades del beneficiario y debe de ser en beneficio
exclusivo de éste. La contratación de personal a cargo de los costes de investigación
debe de ser iniciativa del beneficiario y bajo petición mediante una solicitud motivada. En
dicha solicitud el beneficiario deberá especificar qué tipo de personal necesita y para qué
tareas (jornada, titulación, dedicación). En ningún caso se podrán cubrir costes de
personal no dedicados al proyecto de investigación del beneficiario.
3. Gestión: INTA deberá gestionar esta partida, al igual que el resto de partidas. La
contratación debe ser llevada a cabo por el INTA y todas las gestiones derivadas de la
contratación serán responsabilidad del INTA. La justificación de dichos costes a
Fundación Bancaria «La Caixa» será responsabilidad del INTA y podrá ser objeto de
auditorías por parte de Fundación Bancaria «La Caixa».