II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2021-11094)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se amplía el plazo para aprobar la relación de admitidos y excluidos y celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, convocadas por Resolución de 18 de mayo de 2021.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 79618
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DEL INTERIOR
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se amplía
el plazo para aprobar la relación de admitidos y excluidos y celebrar el primer
ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso, por el
sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones
Penitenciarias, convocadas por Resolución de 18 de mayo de 2021.
Por Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, se convocaron pruebas
selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias (BOE de 24 de mayo).
En las bases de la convocatoria del referido proceso se incluye en su apartado 8.2 la
siguiente previsión «Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y
excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”, se
indicará la relación de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran
expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como
el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio».
Del mismo modo en el anexo I de las bases de la convocatoria, en el apartado fase
de oposición primer ejercicio, se establece que «La celebración de este primer ejercicio
se realizará dentro de un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la
publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, sin perjuicio de
que pueda acordarse la ampliación de los mismos conforme a lo previsto en el
artículo 3.3 del Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba la oferta
pública de empleo para el año 2020».
Teniendo esto en cuenta, desde la óptica de la simplificación administrativa y la
reducción de cargas que debe presidir toda actuación administrativa y con el objetivo de
reducir los costes derivados de la celebración del primer ejercicio, se hace coincidir la
fecha del primer ejercicio del proceso selectivo para el ingreso al Cuerpo de Ayudantes
de Instituciones Penitencias, por el sistema general de acceso libre, con el primer
ejercicio del proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en el Cuerpo de
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Realizando ambos ejercicios en la misma
fecha no solo se reducen costes sino que también se reduce la tramitación de
expedientes, en definitiva se trata de incrementar la eficacia y la eficiencia de la gestión
administrativa con vistas, tanto a mejorar el servicio a los ciudadanos, como a mejorar la
organización y funcionamiento interno.
La complejidad derivada de la organización de dicho ejercicio, el elevado número de
solicitudes que se presentan y el cumplimiento de los plazos de publicación de listas,
subsanación, etc., previstos en la convocatoria, imposibilita el cumplimiento de los plazos
mencionados en los apartados anteriores.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el artículo 32 establece la posibilidad de ampliar los plazos
establecidos en los siguientes términos: «1. La Administración, salvo precepto en
contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los
plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo
aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación
deberá ser notificado a los interesados». Continúa el punto 3 previendo lo siguiente:
«Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán
producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún
cve: BOE-A-2021-11094
Verificable en https://www.boe.es
11094
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 79618
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DEL INTERIOR
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se amplía
el plazo para aprobar la relación de admitidos y excluidos y celebrar el primer
ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso, por el
sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones
Penitenciarias, convocadas por Resolución de 18 de mayo de 2021.
Por Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, se convocaron pruebas
selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias (BOE de 24 de mayo).
En las bases de la convocatoria del referido proceso se incluye en su apartado 8.2 la
siguiente previsión «Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y
excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”, se
indicará la relación de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran
expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como
el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio».
Del mismo modo en el anexo I de las bases de la convocatoria, en el apartado fase
de oposición primer ejercicio, se establece que «La celebración de este primer ejercicio
se realizará dentro de un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la
publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, sin perjuicio de
que pueda acordarse la ampliación de los mismos conforme a lo previsto en el
artículo 3.3 del Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba la oferta
pública de empleo para el año 2020».
Teniendo esto en cuenta, desde la óptica de la simplificación administrativa y la
reducción de cargas que debe presidir toda actuación administrativa y con el objetivo de
reducir los costes derivados de la celebración del primer ejercicio, se hace coincidir la
fecha del primer ejercicio del proceso selectivo para el ingreso al Cuerpo de Ayudantes
de Instituciones Penitencias, por el sistema general de acceso libre, con el primer
ejercicio del proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en el Cuerpo de
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Realizando ambos ejercicios en la misma
fecha no solo se reducen costes sino que también se reduce la tramitación de
expedientes, en definitiva se trata de incrementar la eficacia y la eficiencia de la gestión
administrativa con vistas, tanto a mejorar el servicio a los ciudadanos, como a mejorar la
organización y funcionamiento interno.
La complejidad derivada de la organización de dicho ejercicio, el elevado número de
solicitudes que se presentan y el cumplimiento de los plazos de publicación de listas,
subsanación, etc., previstos en la convocatoria, imposibilita el cumplimiento de los plazos
mencionados en los apartados anteriores.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el artículo 32 establece la posibilidad de ampliar los plazos
establecidos en los siguientes términos: «1. La Administración, salvo precepto en
contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los
plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo
aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación
deberá ser notificado a los interesados». Continúa el punto 3 previendo lo siguiente:
«Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán
producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún
cve: BOE-A-2021-11094
Verificable en https://www.boe.es
11094