III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-11145)
Resolución de 29 de junio de 2021, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con la Plataforma Tecnológica Solar Concentra y la Asociación Española para la Promoción de la Industria Termosolar, en materia de propiedad industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79840
Innovación a través del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada
a los Retos de la Sociedad, y cuya Secretaría Técnica se ejerce desde Protermosolar.
EXPONEN
Que la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., es el organismo que tiene
atribuida, en virtud del Art. 2 de la Ley 17/1975 de 2 de mayo sobre creación del
Organismo Autónomo «Registro de la Propiedad Industrial» y del artículo 2 del Real
Decreto 1270/1997, antes mencionado, la actividad administrativa que corresponde al
Estado en materia de Propiedad Industrial y que es el instrumento de política tecnológica
en este campo. Que, constituyendo uno de sus fines la difusión de la información
tecnológica contenida en los documentos de patentes, está en condiciones de ofrecer
servicios de información.
Que Protermosolar es la Asociación Española para la Promoción de la Industria
Termosolar, fundada en 2004 con el objetivo de promover el desarrollo de la industria
termosolar española.
Que Solar Concentra es una Plataforma Tecnológica, fundada en 2010, financiada
por el Ministerio de Ciencia e Innovación a través del Programa Estatal de Investigación,
Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, y cuya Secretaría Técnica
se ejerce desde Protermosolar. Es un foro de participación integrado por los agentes
más representativos del sector de la energía solar térmica de concentración. La
Plataforma es un instrumento activo que contribuye a implementar el fomento de la I+D+i
en este sector, y tiene como propósito favorecer la estrategia de innovación y desarrollo
tecnológico de la termosolar en España, realizando actividades de intercambio de
conocimientos, gestionando estudios de interés sectorial, contribuyendo a la planificación
energética y difundiendo los avances de la tecnología. Se convierte así en un punto de
encuentro tanto de empresas privadas como de organismos de investigación públicos y
agencias estatales y regionales.
Que la innovación es un factor determinante para el éxito y consolidación de las
empresas, siendo su protección legal, mediante las distintas modalidades de Propiedad
Industrial, un elemento indispensable para garantizar al titular derechos exclusivos sobre
ellas e impedir que terceros exploten sus innovaciones, siendo las patentes, además,
potentes herramientas de internacionalización. Conocer los derechos de Propiedad
Industrial y dotar a sus creaciones de la adecuada protección a través de ellos, permitiría
a Solar Concentra contar con una ventaja diferenciadora, que contribuiría, asimismo, a
satisfacer el requisito de la competitividad internacional.
En virtud de lo cual, las partes convienen en suscribir el presente Convenio.
CLÁUSULAS
Objeto del Convenio.
El objeto de este Convenio es establecer un marco de cooperación entre la OEPM y
Solar Concentra, con el fin de facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la
utilización de los derechos de Propiedad Industrial dentro de la plataforma.
Esta colaboración permitirá impulsar la competitividad de la industria española en el ámbito
de la innovación y protección de la misma en el campo de la energía solar de concentración.
El Convenio permitirá establecer un canal bidireccional de comunicación institucional entre
la OEPM y Solar Concentra que contribuya a alcanzar los fines mencionados anteriormente.
cve: BOE-A-2021-11145
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79840
Innovación a través del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada
a los Retos de la Sociedad, y cuya Secretaría Técnica se ejerce desde Protermosolar.
EXPONEN
Que la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., es el organismo que tiene
atribuida, en virtud del Art. 2 de la Ley 17/1975 de 2 de mayo sobre creación del
Organismo Autónomo «Registro de la Propiedad Industrial» y del artículo 2 del Real
Decreto 1270/1997, antes mencionado, la actividad administrativa que corresponde al
Estado en materia de Propiedad Industrial y que es el instrumento de política tecnológica
en este campo. Que, constituyendo uno de sus fines la difusión de la información
tecnológica contenida en los documentos de patentes, está en condiciones de ofrecer
servicios de información.
Que Protermosolar es la Asociación Española para la Promoción de la Industria
Termosolar, fundada en 2004 con el objetivo de promover el desarrollo de la industria
termosolar española.
Que Solar Concentra es una Plataforma Tecnológica, fundada en 2010, financiada
por el Ministerio de Ciencia e Innovación a través del Programa Estatal de Investigación,
Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, y cuya Secretaría Técnica
se ejerce desde Protermosolar. Es un foro de participación integrado por los agentes
más representativos del sector de la energía solar térmica de concentración. La
Plataforma es un instrumento activo que contribuye a implementar el fomento de la I+D+i
en este sector, y tiene como propósito favorecer la estrategia de innovación y desarrollo
tecnológico de la termosolar en España, realizando actividades de intercambio de
conocimientos, gestionando estudios de interés sectorial, contribuyendo a la planificación
energética y difundiendo los avances de la tecnología. Se convierte así en un punto de
encuentro tanto de empresas privadas como de organismos de investigación públicos y
agencias estatales y regionales.
Que la innovación es un factor determinante para el éxito y consolidación de las
empresas, siendo su protección legal, mediante las distintas modalidades de Propiedad
Industrial, un elemento indispensable para garantizar al titular derechos exclusivos sobre
ellas e impedir que terceros exploten sus innovaciones, siendo las patentes, además,
potentes herramientas de internacionalización. Conocer los derechos de Propiedad
Industrial y dotar a sus creaciones de la adecuada protección a través de ellos, permitiría
a Solar Concentra contar con una ventaja diferenciadora, que contribuiría, asimismo, a
satisfacer el requisito de la competitividad internacional.
En virtud de lo cual, las partes convienen en suscribir el presente Convenio.
CLÁUSULAS
Objeto del Convenio.
El objeto de este Convenio es establecer un marco de cooperación entre la OEPM y
Solar Concentra, con el fin de facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la
utilización de los derechos de Propiedad Industrial dentro de la plataforma.
Esta colaboración permitirá impulsar la competitividad de la industria española en el ámbito
de la innovación y protección de la misma en el campo de la energía solar de concentración.
El Convenio permitirá establecer un canal bidireccional de comunicación institucional entre
la OEPM y Solar Concentra que contribuya a alcanzar los fines mencionados anteriormente.
cve: BOE-A-2021-11145
Verificable en https://www.boe.es
Primera.