III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Premios. (BOE-A-2021-11153)
Resolución de 25 de junio de 2021, de la Dirección General de Bellas Artes, por la que se desarrolla la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura, y se convocan los Premios Nacionales de Artes Plásticas, de Fotografía, de Diseño de Moda, de Restauración y Conservación de Bienes Culturales y de Tauromaquia correspondientes al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
3.
Sec. III. Pág. 79890
Para la concesión de los Premios se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La calidad de las obras o actividades reconocidas;
b) Su carácter innovador;
c) Su significación como aportación sobresaliente a la vida cultural y artística
española.
Segundo.
Dotación económica.
1. De acuerdo con las respectivas aplicaciones presupuestarias, la dotación
económica de los Premios será la siguiente:
Aplicación presupuestaria 24.05.333A.481.03:
Premio Nacional de Artes Plásticas: 30.000 euros.
Premio Nacional de Fotografía: 30.000 euros.
Premio Nacional de Diseño de Moda: 30.000 euros.
Aplicación presupuestaria 24.05.337B.481.01:
Premio Nacional de Restauración y Conservación de Bienes Culturales: 30.000
euros.
Aplicación presupuestaria 24.05.333B.487.00:
Premio Nacional de Tauromaquia: 30.000 euros.
2. La cuantía de los Premios no podrá dividirse. En los supuestos en que un equipo
profesional resulte galardonado, no se considerará división de la cuantía la dotación
equivalente de la misma a los integrantes del referido equipo.
Tercero. Jurados y procedimiento.
1. El fallo de los Premios corresponderá a Jurados integrados por un número de
miembros no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados por la persona
titular del Ministerio de Cultura y Deporte, mediante Orden ministerial, publicada en el
«Boletín Oficial del Estado», a propuesta de la persona titular de la Dirección General de
Bellas Artes, en cumplimiento de lo previsto en el apartado cuarto de la Orden de 22 de
junio de 1995.
2. La composición del Jurado para el Premio Nacional de Artes Plásticas será la
siguiente:
La persona premiada en la convocatoria anterior.
Cinco personalidades de reconocido prestigio en el ámbito del arte contemporáneo,
designadas preferentemente a propuesta de las instituciones, academias, asociaciones
profesionales, universidades y medios de comunicación de dicho ámbito.
Una persona designada a propuesta de un centro o departamento académico
dedicado a la investigación desde la perspectiva de género.
Secretaría: Un funcionario de la Subdirección General de Museos Estatales,
designado por la persona titular de la Dirección General de Bellas Artes que actuará con
voz, pero sin voto.
cve: BOE-A-2021-11153
Verificable en https://www.boe.es
Presidencia: Corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Bellas
Artes o persona en quien delegue.
Vicepresidencia: Corresponderá a la persona titular de la Subdirección General de
Museos Estatales o persona en quien delegue.
Vocalías:
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
3.
Sec. III. Pág. 79890
Para la concesión de los Premios se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La calidad de las obras o actividades reconocidas;
b) Su carácter innovador;
c) Su significación como aportación sobresaliente a la vida cultural y artística
española.
Segundo.
Dotación económica.
1. De acuerdo con las respectivas aplicaciones presupuestarias, la dotación
económica de los Premios será la siguiente:
Aplicación presupuestaria 24.05.333A.481.03:
Premio Nacional de Artes Plásticas: 30.000 euros.
Premio Nacional de Fotografía: 30.000 euros.
Premio Nacional de Diseño de Moda: 30.000 euros.
Aplicación presupuestaria 24.05.337B.481.01:
Premio Nacional de Restauración y Conservación de Bienes Culturales: 30.000
euros.
Aplicación presupuestaria 24.05.333B.487.00:
Premio Nacional de Tauromaquia: 30.000 euros.
2. La cuantía de los Premios no podrá dividirse. En los supuestos en que un equipo
profesional resulte galardonado, no se considerará división de la cuantía la dotación
equivalente de la misma a los integrantes del referido equipo.
Tercero. Jurados y procedimiento.
1. El fallo de los Premios corresponderá a Jurados integrados por un número de
miembros no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados por la persona
titular del Ministerio de Cultura y Deporte, mediante Orden ministerial, publicada en el
«Boletín Oficial del Estado», a propuesta de la persona titular de la Dirección General de
Bellas Artes, en cumplimiento de lo previsto en el apartado cuarto de la Orden de 22 de
junio de 1995.
2. La composición del Jurado para el Premio Nacional de Artes Plásticas será la
siguiente:
La persona premiada en la convocatoria anterior.
Cinco personalidades de reconocido prestigio en el ámbito del arte contemporáneo,
designadas preferentemente a propuesta de las instituciones, academias, asociaciones
profesionales, universidades y medios de comunicación de dicho ámbito.
Una persona designada a propuesta de un centro o departamento académico
dedicado a la investigación desde la perspectiva de género.
Secretaría: Un funcionario de la Subdirección General de Museos Estatales,
designado por la persona titular de la Dirección General de Bellas Artes que actuará con
voz, pero sin voto.
cve: BOE-A-2021-11153
Verificable en https://www.boe.es
Presidencia: Corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Bellas
Artes o persona en quien delegue.
Vicepresidencia: Corresponderá a la persona titular de la Subdirección General de
Museos Estatales o persona en quien delegue.
Vocalías: