II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2021-11095)
Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos/as.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 79621
Del total de las plazas convocadas se reservará 1 plaza, de la especialidad de
Juristas, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un
grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva superarse los ejercicios y no obtuviese plaza
en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del sistema de acceso general, ésta será incluida por su orden de puntuación
en el sistema de acceso general.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 4.10 del Real Decreto 936/2020, de 27 de
octubre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020, las plazas
reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las
del turno general de estos procesos.
2.
Proceso Selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición,
con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.2 Incluirá la superación de un período de prácticas. Para la realización de este
período de prácticas, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo serán
nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.3 Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las
fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
2.4 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos de la
presente convocatoria.
3.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo II de la
presente convocatoria. Respecto a la normativa será de aplicación la que se encuentre
en vigor a la fecha de realización del primer ejercicio.
4.
Titulación
Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado o Grado en
Derecho, si optan a las plazas de Juristas, y el título de Licenciado o Grado en
Psicología, si optan a las plazas de Psicólogos. Los aspirantes con titulaciones obtenidas
en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de
homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este
requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento
de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de
las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5.
Requisitos
Los aspirantes deberán cumplir además los siguientes requisitos:
5.1 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de
la Administración General del Estado del Subgrupo A2, salvo que se encuentren en
servicio activo en otra Administración pública por haber obtenido puesto en la misma por
procedimientos de provisión previstos en el TREBEP, a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto
de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General
del Estado.
cve: BOE-A-2021-11095
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 79621
Del total de las plazas convocadas se reservará 1 plaza, de la especialidad de
Juristas, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un
grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva superarse los ejercicios y no obtuviese plaza
en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del sistema de acceso general, ésta será incluida por su orden de puntuación
en el sistema de acceso general.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 4.10 del Real Decreto 936/2020, de 27 de
octubre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020, las plazas
reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las
del turno general de estos procesos.
2.
Proceso Selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición,
con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.2 Incluirá la superación de un período de prácticas. Para la realización de este
período de prácticas, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo serán
nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.3 Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las
fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
2.4 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos de la
presente convocatoria.
3.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo II de la
presente convocatoria. Respecto a la normativa será de aplicación la que se encuentre
en vigor a la fecha de realización del primer ejercicio.
4.
Titulación
Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado o Grado en
Derecho, si optan a las plazas de Juristas, y el título de Licenciado o Grado en
Psicología, si optan a las plazas de Psicólogos. Los aspirantes con titulaciones obtenidas
en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de
homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este
requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento
de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de
las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5.
Requisitos
Los aspirantes deberán cumplir además los siguientes requisitos:
5.1 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de
la Administración General del Estado del Subgrupo A2, salvo que se encuentren en
servicio activo en otra Administración pública por haber obtenido puesto en la misma por
procedimientos de provisión previstos en el TREBEP, a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto
de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General
del Estado.
cve: BOE-A-2021-11095
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 159