III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-11148)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, por la que se prohíbe temporalmente la pesca, tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) para la modalidad de pesca deportiva y recreativa.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79862
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
11148
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General de Ordenación
Pesquera y Acuicultura, por la que se prohíbe temporalmente la pesca,
tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus
thynnus) para la modalidad de pesca deportiva y recreativa.
Al amparo del Real Decreto 46/2019, de 8 de febrero, por el que se regula la
pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo, la Resolución de la
Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación
del plan de recuperación del atún rojo en el Atlántico Oriental y en el mar Mediterráneo
para 2021, de fecha 1 de junio de 2021, reserva una cuota de atún rojo (Thunnus
thynnus) para la pesca deportiva y recreativa para la temporada de 2021.
Según los datos de que dispone esta Secretaría General de Pesca, la cuota
de 34.062,1 kg atribuida para la pesca deportiva y recreativa de las listas 6.ª y 7.ª del
Registro de Buques, se encuentra próxima a su agotamiento, por lo que procede realizar
una parada técnica de control, hasta conocer la situación real de los datos de captura.
De acuerdo con lo establecido en el epígrafe sexto de la citada resolución, el cierre
temporal de la pesquería se realizará por resolución del Director General de Ordenación
Pesquera y Acuicultura, que será publicada en la página web del departamento.
En su virtud, y por medio de la presente, se acuerda la prohibición de la pesca,
tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) para la
modalidad de pesca deportiva y recreativa, a partir de las 12:00 horas del mediodía del
día 23 de junio de 2021, sin perjuicio del posterior levantamiento de la prohibición o su
confirmación mediante resolución por la que se acuerde el cierre definitivo de la
pesquería.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la
Secretaria General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en los
términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2021-11148
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de junio de 2021.–El Director General de Ordenación Pesquera y
Acuicultura, Juan Ignacio Gandarias Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79862
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
11148
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección General de Ordenación
Pesquera y Acuicultura, por la que se prohíbe temporalmente la pesca,
tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus
thynnus) para la modalidad de pesca deportiva y recreativa.
Al amparo del Real Decreto 46/2019, de 8 de febrero, por el que se regula la
pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo, la Resolución de la
Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación
del plan de recuperación del atún rojo en el Atlántico Oriental y en el mar Mediterráneo
para 2021, de fecha 1 de junio de 2021, reserva una cuota de atún rojo (Thunnus
thynnus) para la pesca deportiva y recreativa para la temporada de 2021.
Según los datos de que dispone esta Secretaría General de Pesca, la cuota
de 34.062,1 kg atribuida para la pesca deportiva y recreativa de las listas 6.ª y 7.ª del
Registro de Buques, se encuentra próxima a su agotamiento, por lo que procede realizar
una parada técnica de control, hasta conocer la situación real de los datos de captura.
De acuerdo con lo establecido en el epígrafe sexto de la citada resolución, el cierre
temporal de la pesquería se realizará por resolución del Director General de Ordenación
Pesquera y Acuicultura, que será publicada en la página web del departamento.
En su virtud, y por medio de la presente, se acuerda la prohibición de la pesca,
tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) para la
modalidad de pesca deportiva y recreativa, a partir de las 12:00 horas del mediodía del
día 23 de junio de 2021, sin perjuicio del posterior levantamiento de la prohibición o su
confirmación mediante resolución por la que se acuerde el cierre definitivo de la
pesquería.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la
Secretaria General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en los
términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2021-11148
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de junio de 2021.–El Director General de Ordenación Pesquera y
Acuicultura, Juan Ignacio Gandarias Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X