V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. (BOE-B-2021-32291)
Extracto de la Resolución de 28 de junio de 2021 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
Sec. V-B. Pág. 42643
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
32291
Extracto de la Resolución de 28 de junio de 2021 de la Secretaría de
Estado de Educación, por la que se convocan subvenciones a
empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante
en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2021-2022.
BDNS(Identif.):572747
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
572747)
Extracto de la convocatoria:
Primero. Beneficiarios: Empresas y/o empresarios individuales, legalmente
constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente
durante el período escolar lectivo determinado por la Dirección General de
Panificación y Gestión Educativa y que mantengan a lo largo del curso escolar un
mínimo de tres alumnos en edad de escolarización obligatoria matriculados en la
etapa de educación primaria
Segundo. Finalidad: Atención educativa de los niños que, por desplazarse con
los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.
Tercero. Bases reguladoras: ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases
reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia
competitiva (BOE del 12 de mayo).
Cuarto. Importe: Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía
máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles, a partir del día
siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de junio de 2021.- El Secretario de Estado de Educación, Alejandro
Tiana Ferrer.
cve: BOE-B-2021-32291
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210042085-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 159
Lunes 5 de julio de 2021
Sec. V-B. Pág. 42643
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32291
Extracto de la Resolución de 28 de junio de 2021 de la Secretaría de
Estado de Educación, por la que se convocan subvenciones a
empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante
en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2021-2022.
BDNS(Identif.):572747
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
572747)
Extracto de la convocatoria:
Primero. Beneficiarios: Empresas y/o empresarios individuales, legalmente
constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente
durante el período escolar lectivo determinado por la Dirección General de
Panificación y Gestión Educativa y que mantengan a lo largo del curso escolar un
mínimo de tres alumnos en edad de escolarización obligatoria matriculados en la
etapa de educación primaria
Segundo. Finalidad: Atención educativa de los niños que, por desplazarse con
los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.
Tercero. Bases reguladoras: ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases
reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia
competitiva (BOE del 12 de mayo).
Cuarto. Importe: Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía
máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles, a partir del día
siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de junio de 2021.- El Secretario de Estado de Educación, Alejandro
Tiana Ferrer.
cve: BOE-B-2021-32291
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210042085-1
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