III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-11058)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Fundación Atef Omaïs, para el patrocinio de la convocatoria de lectorados MAEC-AECID para el curso 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Sábado 3 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 79394

ANEXO 1 DE PROTECCIÓN DE DATOS
Descripción de los datos objeto de comunicación entre las Partes
Se realizará una comunicación de datos por parte de [*nombre de cedente*] a
[*cesionario*] que afecta a los siguientes interesados y categorías de datos:
Las categorías de sujetos afectados son: [*personas de contacto/personal de la
AECID, terceros, beneficiarios, ciudadanos, etc., en función de lo señalado en el RAT
correspondiente*].
Se tratarán los siguientes tipos de datos: [*datos identificativos/datos financieros y
bancarios /datos de contacto profesionales, etc. en función de lo señalado en el RAT
correspondiente*].
La actividad de tratamiento en la que se incluyen los anteriores datos es [*nombre del
RAT correspondiente*] (1).
(1)
En caso de que no
datos.personales.aecid@aecid.es

II.

exista

RAT

creado,

se

deberá

consultar

a

la

dirección

Finalidad de la comunicación

Los datos se comunican con la exclusiva finalidad de [*describir*].
IV.

Plazo de conservación

Los datos deberán ser suprimidos por la parte receptora en el plazo de [*indicar*].
Cualquier otra subcontratación posterior a la firma de este contrato, deberá ser
notificada por escrito a la AECID.
VI. Medidas de seguridad aplicables a la comunicación
Los datos serán comunicados a través del siguiente mecanismo seguro de
transmisión [*señalar sistema de comunicación*].
ANEXO 2 DE PROTECCIÓN DE DATOS

Para la correcta ejecución del Convenio, [parte que corresponda] deberá acceder a
datos personales responsabilidad de la AECID. De esta forma, [parte que corresponda]
tendrá la consideración legal de encargado del tratamiento (en adelante, el «Encargado
del Tratamiento» o el «Encargado») de la AECID (en adelante, el «Responsable del
Tratamiento» o el «Responsable»).
En cumplimiento del artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, «RGPD»), el
Encargado del Tratamiento de se deberá comprometer al cumplimiento de las siguientes
obligaciones:
Utilizar los datos personales objeto de tratamiento exclusivamente para la prestación
del Servicio. En ningún caso podrá utilizar los datos accedidos para para fines propios.
Tratar los datos personales de acuerdo con las instrucciones del Responsable del
Tratamiento, manifestadas en la presente cláusula o en cualquier comunicación escrita
que dirija el Responsable al Encargado. Si el Encargado considera que alguna de las
instrucciones infringe el RGPD, o cualquier otra disposición en materia de protección de

cve: BOE-A-2021-11058
Verificable en https://www.boe.es

Anexo que regula la relación de encargado del tratamiento y responsable
del tratamiento