III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-11058)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Fundación Atef Omaïs, para el patrocinio de la convocatoria de lectorados MAEC-AECID para el curso 2021-2022.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Sábado 3 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79387
Actuando los firmantes en nombre y representación de ambas partes, en razón de
sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades para formalizar el
presente Convenio, de acuerdo con la normativa que les resulta de aplicación y, a tal
efecto,
EXPONEN
Que la AECID, de conformidad con el artículo 1 de su Estatuto, aprobado por Real
Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, es una entidad de Derecho Público adscrita al
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Que de conformidad con el artículo 5.13 del Estatuto de la AECID, entre sus
misiones se encuentra la de ejecutar las funciones y competencias atribuidas al
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para la promoción y
desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, siendo una de ellas
la gestión del programa de «Lectorados de español MAEC-AECID en universidades
extranjeras».
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.1 de su Estatuto, la AECID puede
aceptar la colaboración de otras instituciones públicas o privadas en forma de
aportaciones para el patrocinio de actividades que coadyuven al logro de sus fines, por
acuerdo de su Director.
Que aun siendo el espacio universitario extranjero el ámbito esencial en el que se
desarrolla el citado programa, en virtud del principio de unidad de acción en el exterior
impulsado por las Embajadas de España, la repercusión del mismo trasciende a otros
entornos como el cultural y comercial, donde coinciden y se complementan las
actividades de la AECID, con las de otras instituciones públicas como el Instituto
Cervantes y con las de la Fundación, todo ello con la participación de las Embajadas de
España.
Que la Fundación, entidad constituida de acuerdo con su normativa reguladora
aprobada por el Ministerio del Interior de Costa de Marfil recoge que, dentro de sus
actividades de mecenazgo, está interesada en colaborar con AECID en la citada
convocatoria a través de la aportación económica que luego se especifica.
Ambas partes reconocen el valor del idioma español como la segunda lengua de
comunicación en un mundo globalizado, hecho que multiplica y facilita las relaciones
institucionales, culturales y empresariales entre España, los países hispanohablantes y
el resto del mundo.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio deriva de un
Convenio normalizado que ha sido informado favorablemente por la Asesoría Jurídica de
la AECID y su firma ha sido autorizada por el Ministerio de Hacienda el 4 de marzo
de 2021.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones de patrocinio que
ejerza la Fundación para la financiación del lectorado de la Universidad Alassane Ouatta
de Bouake, Costa de Marfil, incluido en la convocatoria para el curso 2021-2022. El
lectorado es la dotación económica que recibe el lector.
La convocatoria de lectorados es el instrumento jurídico para gestionar la provisión
de profesores de español en las Universidades extranjeras incluidas en la misma,
denominados «lectores»; los cuales, al mismo tiempo que contribuyen a la promoción y
cve: BOE-A-2021-11058
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 158
Sábado 3 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79387
Actuando los firmantes en nombre y representación de ambas partes, en razón de
sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades para formalizar el
presente Convenio, de acuerdo con la normativa que les resulta de aplicación y, a tal
efecto,
EXPONEN
Que la AECID, de conformidad con el artículo 1 de su Estatuto, aprobado por Real
Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, es una entidad de Derecho Público adscrita al
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Que de conformidad con el artículo 5.13 del Estatuto de la AECID, entre sus
misiones se encuentra la de ejecutar las funciones y competencias atribuidas al
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para la promoción y
desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, siendo una de ellas
la gestión del programa de «Lectorados de español MAEC-AECID en universidades
extranjeras».
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.1 de su Estatuto, la AECID puede
aceptar la colaboración de otras instituciones públicas o privadas en forma de
aportaciones para el patrocinio de actividades que coadyuven al logro de sus fines, por
acuerdo de su Director.
Que aun siendo el espacio universitario extranjero el ámbito esencial en el que se
desarrolla el citado programa, en virtud del principio de unidad de acción en el exterior
impulsado por las Embajadas de España, la repercusión del mismo trasciende a otros
entornos como el cultural y comercial, donde coinciden y se complementan las
actividades de la AECID, con las de otras instituciones públicas como el Instituto
Cervantes y con las de la Fundación, todo ello con la participación de las Embajadas de
España.
Que la Fundación, entidad constituida de acuerdo con su normativa reguladora
aprobada por el Ministerio del Interior de Costa de Marfil recoge que, dentro de sus
actividades de mecenazgo, está interesada en colaborar con AECID en la citada
convocatoria a través de la aportación económica que luego se especifica.
Ambas partes reconocen el valor del idioma español como la segunda lengua de
comunicación en un mundo globalizado, hecho que multiplica y facilita las relaciones
institucionales, culturales y empresariales entre España, los países hispanohablantes y
el resto del mundo.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio deriva de un
Convenio normalizado que ha sido informado favorablemente por la Asesoría Jurídica de
la AECID y su firma ha sido autorizada por el Ministerio de Hacienda el 4 de marzo
de 2021.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones de patrocinio que
ejerza la Fundación para la financiación del lectorado de la Universidad Alassane Ouatta
de Bouake, Costa de Marfil, incluido en la convocatoria para el curso 2021-2022. El
lectorado es la dotación económica que recibe el lector.
La convocatoria de lectorados es el instrumento jurídico para gestionar la provisión
de profesores de español en las Universidades extranjeras incluidas en la misma,
denominados «lectores»; los cuales, al mismo tiempo que contribuyen a la promoción y
cve: BOE-A-2021-11058
Verificable en https://www.boe.es
Primera.