III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2021-11062)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la construcción de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el parque industrial de Expaciomérida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Sábado 3 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 79425

La Junta de Extremadura, como organismo promotor, solicitará a ADIF las
correspondientes autorizaciones de obras en zonas de afección al ferrocarril, según
establece la Ley del sector ferroviario. Para las actuaciones que se desarrollen en dichas
zonas, las autorizaciones estarán exentas de los costes de tramitación y gestión.
La Junta de Extremadura solicitará a ADIF las autorizaciones de conexión a la RFIG
en Mérida (prórroga de la ya concedida).
En el plazo estipulado por la Ley aplicable en cada caso, ADIF formulará una
propuesta de certificación final de las obras y redactará las liquidaciones
correspondientes, para su aprobación por parte de la Junta de Extremadura, en ambos
casos, entregando los documentos técnicos que definan con exactitud el estado final de
las obras e instalaciones ejecutadas.
Tercera. Financiación de las actuaciones.
La valoración estimada de la totalidad de trabajos se estima en la cantidad total
de 15.498.441,17 euros sin IVA (18.643.913,82 € IVA incluido, que devengara en cada
momento respecto a cada una de las actuaciones), e incluye todo lo descrito en la
cláusula segunda «obligaciones de las partes», conforme al siguiente desglose y
esquema de financiación:
Expaciomérida:
Base imponible

Euros

Concepto

IVA

Euros

Total con IVA

Euros

Asistencias Técnicas (3).

920.000,00

193.200,00

1.113.200,00

Expropiaciones .

520.000,00

0,00

520.000,00

2.380.000,00

499.800,00

2.879.800,00

(1)

Instalaciones de Seguridad y Señalización. IISS (2).

11.678.411,17 2.452.472,65 14.130.913,82

Ejecución de obra (3).
Total.
(1)
(2)
(3)

15.498.441,17 3.145.472,65 18.643.913,82

Se considera que las expropiaciones están excluidas de IVA por ser indemnizaciones.
Se considera aplicable la Ley 3/2020, y se aplica un 9 % de Gastos Generales y un 21 % de IVA.
Se considera aplicable la Ley 9/2017 y por tanto un 13 % de Gastos Generales y un 21 % de IVA.

Estas cantidades serán satisfechas por la Comunidad Autónoma de Extremadura,
con cargo a la partida presupuestaria 16005000 G/353C/60100, fuente de financiación
FD14070201, proyecto presupuestario 20200260, y con las siguientes anualidades.

IVA incluido.

Total

2021

2022

2023

18.643.913,82 €

5.225.845,00 €

8.775.000,00 €

4.643.068,82 €

El presente convenio no supone compromiso de gasto para ADIF.
Forma de abono.

Los pagos a ADIF serán realizados mediante transferencia, previa emisión de
factura, acompañada de la correspondiente certificación, en su caso, por los conceptos
que correspondan, estableciéndose facturación de periodicidad mensual y proporcional a
los trabajos desarrollados, debiéndose justificar detalladamente los trabajos
desarrollados en memoria anexa a la factura y/o certificación, realizada y validada por la
dirección facultativa, y debiéndose validar, en el plazo máximo de treinta días, dichos
trabajos por la Junta de Extremadura, mediante emisión de informe de conformidad de

cve: BOE-A-2021-11062
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.