III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Instituto Nacional de Administración Pública. Cursos. (BOE-A-2021-11071)
Resolución de 1 de julio de 2021, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan acciones de apoyo a la preparación de las pruebas selectivas para acceso, por promoción interna y estabilización, a los cuerpos de los subgrupos C1 y A2.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Sábado 3 de julio de 2021
Cuarto.
Sec. III. Pág. 79553
Modalidad y calendario.
Las acciones de apoyo se realizarán en modalidad en línea, a través de la plataforma
virtual de formación del INAP, para lo cual se proporcionarán las claves de acceso
oportunas.
Las actividades de tutoría en los foros se mantendrán hasta la fecha de realización
de las pruebas correspondientes.
Quinto.
Inscripción.
1. Quienes deseen participar en estas acciones de apoyo deberán cumplimentar la
solicitud que figura en la página web del INAP http://www.inap.es/formacion-parapromocion-interna.
2. En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, las personas con
discapacidad que requieran alguna adaptación deberán indicarlo en la solicitud, de
manera que pueda asegurarse su participación en condiciones de igualdad.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del
Estado».
En caso de incidencias en la realización de la solicitud electrónica, pueden ponerse
en contacto con el Centro de Atención al Usuario (CAU) a través del correo electrónico
cau@inap.es.
Sexto.
Régimen académico.
Quienes no observen las reglas elementales de participación, respeto y
consideración hacia profesores, compañeros o personal del INAP y, en general, que
contravengan lo dispuesto en el Código Ético del INAP (que puede consultarse en http://
www.inap.es/conocenos), podrán ser excluidos de las acciones formativas convocadas.
Estas acciones constituyen recursos de apoyo, por lo que no darán lugar a la emisión
de certificados de aprovechamiento o de participación en actividades formativas.
Séptimo. Información adicional.
Puede obtenerse información adicional en la página web del INAP www.inap.es o a
través del correo electrónico apoyo.promocion@inap.es.
cve: BOE-A-2021-11071
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 1 de julio de 2021.–La Directora del Instituto Nacional de Administración
Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 158
Sábado 3 de julio de 2021
Cuarto.
Sec. III. Pág. 79553
Modalidad y calendario.
Las acciones de apoyo se realizarán en modalidad en línea, a través de la plataforma
virtual de formación del INAP, para lo cual se proporcionarán las claves de acceso
oportunas.
Las actividades de tutoría en los foros se mantendrán hasta la fecha de realización
de las pruebas correspondientes.
Quinto.
Inscripción.
1. Quienes deseen participar en estas acciones de apoyo deberán cumplimentar la
solicitud que figura en la página web del INAP http://www.inap.es/formacion-parapromocion-interna.
2. En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, las personas con
discapacidad que requieran alguna adaptación deberán indicarlo en la solicitud, de
manera que pueda asegurarse su participación en condiciones de igualdad.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del
Estado».
En caso de incidencias en la realización de la solicitud electrónica, pueden ponerse
en contacto con el Centro de Atención al Usuario (CAU) a través del correo electrónico
cau@inap.es.
Sexto.
Régimen académico.
Quienes no observen las reglas elementales de participación, respeto y
consideración hacia profesores, compañeros o personal del INAP y, en general, que
contravengan lo dispuesto en el Código Ético del INAP (que puede consultarse en http://
www.inap.es/conocenos), podrán ser excluidos de las acciones formativas convocadas.
Estas acciones constituyen recursos de apoyo, por lo que no darán lugar a la emisión
de certificados de aprovechamiento o de participación en actividades formativas.
Séptimo. Información adicional.
Puede obtenerse información adicional en la página web del INAP www.inap.es o a
través del correo electrónico apoyo.promocion@inap.es.
cve: BOE-A-2021-11071
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 1 de julio de 2021.–La Directora del Instituto Nacional de Administración
Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X