II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2021-10991)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 78903
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de
puntuaciones obtenida en cada uno de los ejercicios.
A las personas que participen por el turno de reserva para personas con
discapacidad que superen algún ejercicio, con una nota superior al 60 por ciento de la
calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar dicha
nota para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del
temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota
sean idénticos.
2.
Curso selectivo.
Los aspirantes que superen la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante debiendo realizar el curso selectivo
correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación definitiva de aprobados y
tendrá una duración máxima de nueve meses.
La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará Resolución
para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma la fecha de inicio y el
lugar de realización, e impartiéndose conforme a un programa previo cuya organización
y dirección corresponderá a un único Director, designado a propuesta de la Dirección del
Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
En el curso se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las funciones y
práctica forense propias del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la
Seguridad Social. De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros
de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género
en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, el curso selectivo
incluirá un módulo sobre igualdad y otro sobre violencia de género.
Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados por el Director del curso
selectivo y de acuerdo con las puntuaciones asignadas por los responsables de las
unidades en las que se realice el citado curso y demás circunstancias concurrentes en el
desarrollo del mismo que sean objeto de valoración.
El curso será calificado de cero a diez puntos siendo necesario obtener, como
mínimo, cinco puntos para superarlo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar teniendo en cuenta la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición del proceso
selectivo. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor
puntuación en el cuarto ejercicio. Si continúa existiendo el empate se acudirá a la
puntuación del primer ejercicio. Finalmente, se dirimirá el nuevo empate teniendo en
cuenta las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio, quinto ejercicio y tercer
ejercicio sucesivamente.
cve: BOE-A-2021-10991
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 157
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 78903
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de
puntuaciones obtenida en cada uno de los ejercicios.
A las personas que participen por el turno de reserva para personas con
discapacidad que superen algún ejercicio, con una nota superior al 60 por ciento de la
calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar dicha
nota para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del
temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota
sean idénticos.
2.
Curso selectivo.
Los aspirantes que superen la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante debiendo realizar el curso selectivo
correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación definitiva de aprobados y
tendrá una duración máxima de nueve meses.
La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará Resolución
para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma la fecha de inicio y el
lugar de realización, e impartiéndose conforme a un programa previo cuya organización
y dirección corresponderá a un único Director, designado a propuesta de la Dirección del
Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
En el curso se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las funciones y
práctica forense propias del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la
Seguridad Social. De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros
de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género
en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, el curso selectivo
incluirá un módulo sobre igualdad y otro sobre violencia de género.
Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados por el Director del curso
selectivo y de acuerdo con las puntuaciones asignadas por los responsables de las
unidades en las que se realice el citado curso y demás circunstancias concurrentes en el
desarrollo del mismo que sean objeto de valoración.
El curso será calificado de cero a diez puntos siendo necesario obtener, como
mínimo, cinco puntos para superarlo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar teniendo en cuenta la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición del proceso
selectivo. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor
puntuación en el cuarto ejercicio. Si continúa existiendo el empate se acudirá a la
puntuación del primer ejercicio. Finalmente, se dirimirá el nuevo empate teniendo en
cuenta las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio, quinto ejercicio y tercer
ejercicio sucesivamente.
cve: BOE-A-2021-10991
Verificable en https://www.boe.es
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