III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-11016)
Resolución de 29 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Alaquàs, en materia de seguridad.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Viernes 2 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 79181

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
11016

Resolución de 29 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Alaquàs, en materia de
seguridad.

Habiéndose suscrito el 21 de junio de 2021 el Convenio entre el Ministerio del Interior
(Dirección General de la Policía) y el Ayuntamiento de Alaquàs (Valencia) en materia de
seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio
que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 29 de junio de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía) y el
Ayuntamiento de Alaquàs (Valencia) en materia de seguridad
Madrid, 21 de junio de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en C/
Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Antonio Saura Martín, Alcalde del Ayuntamiento de Alaquàs (en
adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de Fecha 15 de
junio de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en Carrer Major, 88, de Alaquàs (Valencia), C.P. 46970.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo el 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de Marzo, de Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado,
correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al Ministerio
del Interior.
Por otro lado, al Ministerio del Interior, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, le corresponde la preparación y ejecución de la política del Gobierno en relación

cve: BOE-A-2021-11016
Verificable en https://www.boe.es

Primero.