III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-11012)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de La Rioja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79107
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
11012
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos
de La Rioja.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Ingenieros Agrónomos de La Rioja un Convenio de colaboración en materia de Gestión
Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio,
que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 24 de junio de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de La Rioja, en materia de
gestión catastral
En Madrid y Logroño, a 23 de junio de 2021.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo 17 de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias
y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y
concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE
de 18 de febrero de 2021).
De otra parte, don Pedro Lara Magaña, Decano del Colegio Oficial de Ingenieros
Agrónomos de La Rioja, proclamado electo por la Junta de Gobierno del Colegio en
fecha 19 de noviembre de 2019, que ostenta la representación del Colegio, en virtud del
artículo 37 de los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de La Rioja,
publicados por Resolución 427/2019, de la Dirección General de Justicia e Interior de la
Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia de la Comunidad Autónoma
de La Rioja (BOR de 27 de marzo).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real
cve: BOE-A-2021-11012
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Primero.
Núm. 157
Viernes 2 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 79107
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
11012
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos
de La Rioja.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Ingenieros Agrónomos de La Rioja un Convenio de colaboración en materia de Gestión
Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio,
que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 24 de junio de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de La Rioja, en materia de
gestión catastral
En Madrid y Logroño, a 23 de junio de 2021.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo 17 de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias
y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y
concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE
de 18 de febrero de 2021).
De otra parte, don Pedro Lara Magaña, Decano del Colegio Oficial de Ingenieros
Agrónomos de La Rioja, proclamado electo por la Junta de Gobierno del Colegio en
fecha 19 de noviembre de 2019, que ostenta la representación del Colegio, en virtud del
artículo 37 de los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de La Rioja,
publicados por Resolución 427/2019, de la Dirección General de Justicia e Interior de la
Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia de la Comunidad Autónoma
de La Rioja (BOR de 27 de marzo).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real
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